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Tema 17: El acto administrativo

Concepto, elementos, eficacia, motivación, notificación, validez y vicios del acto administrativo.
BLOQUE III: Derecho administrativo general

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Sobre este tema

Este tema estudia el acto administrativo como la forma ordinaria en que la Administración declara, decide o produce efectos jurídicos en un caso concreto. La Ley 39/2015 es la norma central: los arts. 34 a 36 regulan producción, contenido, motivación y forma; los arts. 37 a 39 explican inderogabilidad singular, ejecutividad y efectos; y los arts. 40 a 46 ordenan la notificación y publicación. También son esenciales los arts. 47 a 52 para distinguir nulidad de pleno derecho, anulabilidad, límites a la extensión de la invalidez, conversión, conservación y convalidación.

La Ley 40/2015 tiene un papel complementario: aporta los principios de actuación de las administraciones públicas, competencia de órganos, abstención, recusación y funcionamiento electrónico o colegiado que condicionan quién puede dictar válidamente un acto. Para preparar el tema conviene estudiar siempre el ciclo completo: órgano competente, contenido posible, motivación, forma, eficacia, notificación, vicios y consecuencias jurídicas.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

L-39/2015

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas, regula como deben actuar las administraciones en sus relaciones con la ciudadania. Ordena interesados, derechos, registros, terminos y plazos, actos administrativos, eficacia, notificacion, procedimiento, revision de oficio, recursos administrativos y tramitacion electronica.

La norma se estructura en titulos dedicados a disposiciones generales, actividad administrativa, actos, procedimiento comun, revision y potestad normativa. Sustituyo y sistematizo parte del regimen anterior, incorporando la administracion electronica como regla general para determinados sujetos. Ha sido reformada para ajustar plazos, medios electronicos y relaciones procedimentales. Se conecta con la Ley 40/2015, la normativa de transparencia, proteccion de datos, administracion digital, contratos publicos, subvenciones y jurisdiccion contencioso-administrativa.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58

Secundarios: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25

Foco en Título Preliminar y Título I (arts. 34-58). Especial atención a requisitos de validez (art. 34), motivación (art. 35), notificación (arts. 40-44) y eficacia (arts. 38-39).

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

L-40/2015

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Regimen Juridico del Sector Publico, regula la organizacion y funcionamiento interno del sector publico, los principios de actuacion, los organos administrativos, la potestad sancionadora, la responsabilidad patrimonial, los convenios, las relaciones interadministrativas y la administracion institucional. Complementa a la Ley 39/2015, que se centra en el procedimiento comun frente a los ciudadanos.

Su estructura aborda principios generales, organos, competencia, abstencion y recusacion, responsabilidad patrimonial, potestad sancionadora, administracion electronica interna, sector publico institucional, relaciones de cooperacion y funcionamiento de la Administracion General del Estado. Ha sido reformada para adaptar organizacion, digitalizacion, convenios y sector publico. Se relaciona con la Ley 39/2015, la Ley del Gobierno, la Ley de Contratos del Sector Publico, transparencia, estabilidad presupuestaria y normativa autonomica.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58

Secundarios: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25

Foco en arts. 34-58 (acto administrativo: requisitos, eficacia, nulidad, anulabilidad, notificación). Especial atención a arts. 47 (nulidad de pleno derecho) y 48 (anulabilidad).

Normas que cubre este tema

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    L-39/2015

    Texto oficial en BOE
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

    L-40/2015

    Texto oficial en BOE

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