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Tema 30: Personal laboral al servicio de las AAPP

Personal laboral público: selección, derechos, deberes, incompatibilidades y IV Convenio único.
BLOQUE IV: Gestión de personal

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Sobre este tema

Este tema aborda el personal laboral al servicio de las Administraciones públicas. A diferencia del funcionario, el personal laboral se vincula mediante contrato de trabajo, pero su selección en el sector público también debe respetar igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Deben estudiarse modalidades contractuales, acceso, derechos, deberes, incompatibilidades, negociación colectiva, clasificación profesional, movilidad, jornada, permisos, régimen disciplinario laboral y extinción del contrato.

En la Administración General del Estado es relevante el IV Convenio único para el personal laboral, que ordena ámbito de aplicación, sistema de clasificación, grupos profesionales, especialidades, provisión, movilidad, formación y condiciones de trabajo. La clave es no aplicar automáticamente reglas funcionariales: el personal laboral se rige por legislación laboral, convenio colectivo y normas públicas básicas. Aun así, comparte principios de neutralidad, servicio al interés general, incompatibilidades y acceso objetivo.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

RDLeg-2/2015

El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Es la norma basica de la relacion laboral comun: regula fuentes de la relacion laboral, derechos y deberes, contrato de trabajo, modalidades contractuales, salario, tiempo de trabajo, modificacion, suspension y extincion del contrato, representacion de trabajadores, negociacion colectiva e infracciones conectadas con el orden social.

Su estructura se organiza en titulos sobre relacion individual de trabajo, derechos de representacion colectiva y negociacion colectiva. Ha sido modificado de forma recurrente por reformas laborales, igualdad, conciliacion, contratacion, trabajo a distancia, derechos digitales y medidas de empleo. Se relaciona con la Ley Reguladora de la Jurisdiccion Social, la Ley de Prevencion de Riesgos Laborales, la Ley General de la Seguridad Social, la normativa de igualdad y los convenios colectivos.

Normas que cubre este tema

  • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

    RDLeg-2/2015

    Texto oficial en BOE
  • Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

    Res-2019-05-13

    Texto oficial en BOE

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