Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)
RDLeg-5/2015
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Basico del Empleado Publico. Regula los principios comunes del empleo publico, clases de personal, derechos y deberes, codigo de conducta, acceso, carrera profesional, provision de puestos, situaciones administrativas, regimen disciplinario, negociacion colectiva y ordenacion de recursos humanos.
El EBEP actua como marco basico para funcionarios, personal laboral y otros empleados publicos, sin agotar los estatutos especificos de cada sector. Ha sido reformado para incorporar cambios en temporalidad, permisos, igualdad, teletrabajo, estabilizacion, carrera y regimen disciplinario. Se relaciona con la Ley 30/1984 en lo que subsista, leyes de funcion publica autonomicas, Ley 53/1984 de incompatibilidades, normativa presupuestaria, prevencion de riesgos y estatutos propios como el personal al servicio de la Administracion de Justicia.
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Claves: 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38
Secundarios: 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63
Últimas modificaciones relevantes
- Real Decreto-ley 6/2023 (desarrollo planificación estratégica, acceso, evaluación, carrera y personal directivo en AGE)
- Ley 4/2023 (modifica arts. 14, 48, 49, 53, 82, 89 y 95)
- Real Decreto-ley 5/2023 (modifica arts. 48 y 49)
- Ley 31/2022 (modifica arts. 32, 38 y DA 7)
- Ley 20/2021 (modifica arts. 10, 11 y DA 17)
- Real Decreto-ley 14/2021 (añade arts. 10, 11 y DA 17)
- Real Decreto-ley 6/2019 (añade arts. 7, 48.f) y 49.a),b),c),d); añade DT 9)
Foco en Título III (arts. 14-54): derechos individuales y colectivos, deberes y código de conducta. Especial atención a carrera profesional (Cap. II), retribuciones (Cap. III), negociación colectiva (Cap. IV), jornada y permisos (Cap. V). Reformas recientes afectan permisos (art. 48-49) y derechos retributivos (art. 32, 38).