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Tema 19: Documento, registro y archivo

Documento administrativo, registro, archivo, expediente, funciones archivísticas y criterios de ordenación.
BLOQUE II: Actividad administrativa y ofimática

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Sobre este tema

Este tema explica documento, registro y archivo en la Administración. El documento administrativo acredita actuaciones, decisiones o comunicaciones; puede ser en papel o electrónico, y debe cumplir requisitos de autenticidad, integridad, conservación e identificación del órgano. La Ley 39/2015 regula documentos electrónicos, copias auténticas, expediente administrativo y derechos de acceso o copia.

El registro deja constancia de entrada y salida de documentos, fecha, hora, interesado, órgano destinatario y asiento. El archivo conserva expedientes y documentos para garantizar prueba, transparencia, recuperación de información y memoria administrativa. Deben distinguirse archivo de oficina, central, intermedio e histórico, así como criterios de ordenación alfabética, cronológica, numérica, geográfica o temática. La clave práctica es tramitar con orden: registrar, clasificar, incorporar al expediente, custodiar, transferir y recuperar documentos sin alterar su integridad ni vulnerar confidencialidad.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

L-39/2015

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas, regula como deben actuar las administraciones en sus relaciones con la ciudadania. Ordena interesados, derechos, registros, terminos y plazos, actos administrativos, eficacia, notificacion, procedimiento, revision de oficio, recursos administrativos y tramitacion electronica.

La norma se estructura en titulos dedicados a disposiciones generales, actividad administrativa, actos, procedimiento comun, revision y potestad normativa. Sustituyo y sistematizo parte del regimen anterior, incorporando la administracion electronica como regla general para determinados sujetos. Ha sido reformada para ajustar plazos, medios electronicos y relaciones procedimentales. Se conecta con la Ley 40/2015, la normativa de transparencia, proteccion de datos, administracion digital, contratos publicos, subvenciones y jurisdiccion contencioso-administrativa.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40

Secundarios: 12, 13, 14, 15, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61

Foco en Título II (arts. 16-28): registro electrónico, archivo electrónico, documentos y copias. Especial atención a los arts. 16 (registro), 17 (archivo), 26 (emisión de documentos), 27 (copias).

Normas que cubre este tema

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    L-39/2015

    Texto oficial en BOE

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