Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
L-1/2000
La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, es la norma basica del proceso civil espanol. Regula la jurisdiccion y competencia civil, las partes, los actos procesales, los procedimientos declarativos, los recursos, la ejecucion forzosa, las medidas cautelares y numerosos procesos especiales. Sustituyo el modelo historico anterior por una estructura mas oral, concentrada y ordenada en torno al juicio ordinario y el juicio verbal.
La ley se organiza en libros dedicados a disposiciones generales, procesos declarativos, ejecucion forzosa y medidas cautelares, y procesos especiales. Ha recibido reformas frecuentes para incorporar expediente judicial electronico, subasta electronica, ajustes en recursos, discapacidad, eficiencia procesal y materias de familia, consumo o vivienda. Se conecta con la LOPJ, la Ley de Jurisdiccion Voluntaria, la Ley Concursal, la normativa registral y las reglas de asistencia juridica gratuita.
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Claves: 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231
Secundarios: 145, 146, 147, 148
Foco en los requisitos de los actos procesales: lugar, tiempo (días hábiles, plazos), forma (lengua, firma, copias), y defectos de forma (subsanación). Especial atención a los arts. 130-154 sobre plazos y términos, y arts. 155-179 sobre actos de comunicación.