D.P.S. recurre una sancion y una regresion de grado
Enunciado
El 06/05/2026, en el CP Rio Lanza, la Comision Disciplinaria notifica a D.P.S. un acuerdo sancionador por una falta grave. En la copia entregada al interno consta el texto integro del acuerdo, la fecha de notificacion y la indicacion de que puede recurrir ante el Juez de Vigilancia. D.P.S. manifiesta verbalmente en ese mismo acto que desea recurrir y reproduce la prueba testifical que le fue denegada durante la instruccion. Ese mismo dia, otro interno, F.A.C., presenta en el Registro del centro una queja dirigida al Juez de Vigilancia por considerar que la limitacion de acceso a revistas afecta a sus derechos. La oficina le entrega copia simple fechada y sellada. Una semana despues, el Centro Directivo resuelve una regresion de grado de D.P.S. La resolucion se notifica al interno con indicacion de que puede acudir en via de recurso ante el Juez de Vigilancia. La Direccion duda tambien si un acuerdo definitivo de un organo colegiado del centro, ajeno a sanciones disciplinarias y no sometido a aprobacion del Centro Directivo, debe recurrirse ante el Juez de Vigilancia o ante el Centro Directivo.
¿Quieres resolverlo tú?
Las preguntas de este supuesto, con corrección y explicación, están en el caso práctico cronometrado.
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