Supuesto 7
Enunciado
M.F.G., mayor de edad, de nacionalidad española, cumple condena de 3 años de prisión en el Centro Penitenciario de Albacete por delito de violencia de género y tiene impuesta una responsabilidad civil de 1.200 € que no ha sido satisfecha. Clasificado inicialmente en segundo grado de tratamiento, ha desarrollado actividades laborales y culturales de forma continuada, comprometiéndose por escrito a pagar la responsabilidad civil mediante abonos mensuales. Una vez progresado a tercer grado de tratamiento y llevando cumplidos dos años de condena, el Juez de vigilancia penitenciaria acordó la suspensión de la ejecución del resto de la pena por un plazo de dos años y le concedió la Libertad condicional, con la condición de que realizase programa reeducativo en materia de igualdad de género, ya que no lo realizó durante su estancia en prisión. Durante la realización del programa, la psicóloga terapeuta del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas advierte conductas de control y acoso hacia la víctima, lo que se pone en conocimiento del Juez de vigilancia penitenciaria.
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Las preguntas de este supuesto, con corrección y explicación, están en el caso práctico cronometrado.
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