Supuesto Nº3 TEMA 5 PENITENCIARIO COMUNICACIONES
Enunciado
En el Centro Penitenciario de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), el funcionario de comunicaciones, Juan, se dirige el sábado 5 de septiembre de 2020 al departamento para su apertura. Se van a celebrar 3 comunicaciones, una oral a las 9,15, otra oral a las 10,15 y otra familiar a las 11,15 de la mañana. En el turno de las 9,15, se presentan el padre, la madre e hija y un amigo de la interna Yolanda García. Juan les indica que, al no constar autorización del Director para el amigo de Yolanda, no pueden pasar. El padre de la interna le indica al funcionario, que ellos habían llamado por teléfono para pedir cita y le habían asignado el sábado 5 de septiembre a las 9,15 de la mañana. El funcionario le reitera que, al no constar autorización del Director con el amigo de la interna, la comunicación no puede celebrarse. En la comunicación de las 10,15 de la mañana, acuden 4 familiares de la interna Sandra Lima, de origen catalán. Cuando se está celebrando la comunicación, se comprueba que están utilizando el catalán como lengua de comunicación. Juan lo pone en conocimiento del Jefe de Servicios, y éste suspende la comunicación al no estar utilizando el Castellano, que es la lengua que deben utilizar. La tercera comunicación se lleva a cabo a las 11,15 de la mañana, con la familia de la interna Rocío Franco, formada por abuela, madre, hermana e hija de la misma. Juan se queda perplejo cuando escucha decir a la hermana de Rocío “Ya está aquí el funcionario estúpido de siempre, con el paro que hay y que ese ignorante esté ahí trabajando es una vergüenza”. Juan le recrimina sus comentarios a lo que la hermana de la interna responde con más insultos, el resto de la familia interviene diciéndole a la hermana de Rocío que se callará, que les iba a buscar un problema. El funcionario, finalmente, llama inmediatamente al Jefe de Servicios, y éste suspende automáticamente la comunicación con la interna, sin que ésta se lleve a cabo por ninguno de los familiares de la misma. A las 12,30 de la mañana, se presenta el abogado de la interna penada Josefa Vergara, para tramitarle la demanda de divorcio, el abogado fue llamado por la interna y a su llegada presenta autorización del Juez de Vigilancia Penitenciaria. De manera sorprendente, Carmen, funcionaria de servicio interior, escucha como el abogado, durante la comunicación, insulta al Jefe de Servicios, le está aconsejando para que denuncie a éste por rigor innecesario e igualmente observa como porta un teléfono móvil. Acto seguido lo pone en conocimiento del Jefe de Servicios, suspende la comunicación de manera provisional, lo cual lo puso en conocimiento del Administrador que estaba de mando de incidencias, y éste ratifica la decisión del Jefe de Servicios. El Jefe de Servicios, el lunes 7 de septiembre, tras salir del ciclo de trabajo, se presenta en el despacho del Director, para comentarle lo ocurrido durante el ciclo. En otras cuestiones, pone en su conocimiento lo siguiente: -Informa sobre la suspensión de la comunicación de la interna Yolanda García, el Director responde que dicha comunicación No está bien suspendida. Igualmente pone en conocimiento del Director la suspensión de la comunicación con la interna Sandra Lima, respondiendo el Director, que esta comunicación no debió haber sido suspendida. -Pone en su conocimiento lo ocurrido con la comunicación de la interna Rocío Franco, donde responde al Jefe de Servicio, que, la actuación fue del todo correcta. -Para finalizar, le comunica lo corrido con el abogado de la interna Josefa Vergara, y responde el Director, que bajo ningún concepto se debió suspender la comunicación con el abogado, ya que ello sólo puede llevarlo a cabo la autoridad judicial, y que sólo se debió retirarle el teléfono móvil que portaba.
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Las preguntas de este supuesto, con corrección y explicación, están en el caso práctico cronometrado.
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