Supuesto Nº5
Enunciado
El lunes 4 de mayo de 2026, en el módulo 6 del Centro Penitenciario de Villabona, Rubén A.C. discute con otro interno durante el reparto de la comida y lo golpea en la cara. Cuando los funcionarios le solicitan que se retire hacia el rastrillo para calmar la situación y separarlos, se encara con ellos, forcejea y hay que reducirlo. Antes de ser conducido hacia una zona de seguridad, vuelca una mesa y arroja el televisor de la sala común contra el suelo, que queda inservible y cuya reposición se tasa en 1.180 euros. El funcionario encargado del departamento redacta el parte de los hechos, del que informa el Jefe de Servicios, haciendo constar que presenciaron los hechos otros dos internos del módulo. Como el parte realizado por el Encargado no precisa en qué momento se produjo cada uno de los hechos ni el alcance de los desperfectos, el Director acuerda la apertura de una información previa, que practica un funcionario del Establecimiento designado al efecto y que concluye con informe elevado a la Dirección el 8 de mayo. El lunes 11 de mayo el Director acuerda de oficio y motivadamente la iniciación del procedimiento sancionador y nombra a un Instructor. Ese mismo día, a propuesta del Instructor, acuerda motivadamente la separación de Rubén A.C. del módulo 6 y su permanencia en celda individual del departamento de aislamiento, donde permanece seis días. El acuerdo se refleja en el expediente del interno y se le notifica. El pliego de cargos se notifica a Rubén A.C. el viernes 15 de mayo. El interno presenta pliego de descargos por escrito el miércoles 20 de mayo, proponiendo que testifiquen los dos internos del módulo que presenciaron los hechos. La tramitación se demora por la acumulación de expedientes en el Establecimiento y por la baja prolongada del Instructor, que obliga a que otro funcionario se haga cargo del expediente. Concluida la instrucción y evacuado el trámite de audiencia, el Instructor eleva su propuesta a la Comisión Disciplinaria, que resuelve el jueves 3 de septiembre. La Comisión declara probadas tres faltas muy graves, enjuiciadas todas ellas en el mismo expediente, e impone a Rubén A.C. sanciones de aislamiento en celda de doce, seis y seis días, que no pueden cumplirse simultáneamente.
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Las preguntas de este supuesto, con corrección y explicación, están en el caso práctico cronometrado.
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