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Tema 39: Permisos de salida

Permisos de salida: clases, requisitos, duracion, procedimiento, control y revocacion.
SEGUNDA PARTE II: Derecho Penitenciario

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Sobre este tema

Este tema aborda los permisos de salida como instrumento situado entre el regimen penitenciario y el tratamiento. No son un simple beneficio automatico: sirven para preparar la vida en libertad, mantener vinculos familiares y sociales, evaluar la evolucion del interno y reducir el impacto desocializador de la prision. Por eso exigen distinguir bien su naturaleza juridica, sus clases y los requisitos de concesion.

El estudio debe ordenar permisos ordinarios, extraordinarios y salidas programadas, atendiendo a duracion, organo competente, grado de clasificacion, tiempo de condena cumplido, conducta, informe del equipo tecnico y riesgo de quebrantamiento o mal uso. Tambien es importante conocer el procedimiento: propuesta, informe, autorizacion administrativa o judicial segun los casos, condiciones de disfrute, controles, suspension, revocacion e incidencia de los incumplimientos. La idea central es que el permiso conecta confianza institucional, progresion tratamental y seguridad.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria

LO-1/1979

Identificación

  • Norma: Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
  • Publicación: BOE núm. 239, de 5 de octubre de 1979.
  • Entrada en vigor: 25 de octubre de 1979.

Objeto y estructura

Regula la ejecución de penas y medidas privativas de libertad y establece el marco básico de la Administración penitenciaria. Parte del mandato constitucional de reeducación y reinserción social y reconoce que la persona interna conserva los derechos fundamentales compatibles con la condena, el sentido de la pena y la ley penitenciaria.

La ley se estructura en un Título Preliminar y varios títulos sobre establecimientos penitenciarios, régimen, tratamiento, asistencia pospenitenciaria, juez de vigilancia, funcionarios e instituciones colaboradoras. Para la oposición son muy relevantes los arts. 1 a 3 sobre fines y derechos, los arts. 10 a 16 sobre régimen cerrado, establecimientos y separación, los arts. 59 a 72 sobre tratamiento y clasificación, y los arts. 73 a 75 sobre asistencia pospenitenciaria.

Reformas relevantes

La LO 7/2003, de 30 de junio, introdujo exigencias específicas para clasificación o progresión al tercer grado, especialmente en relación con responsabilidad civil, terrorismo y organizaciones criminales.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 47, 48

Secundarios: 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72

Foco en los arts. 47-71 (Título II: permisos de salida, clasificación y destino). Especial atención a los arts. 47-52 (permisos ordinarios y extraordinarios) y 62-65 (régimen abierto). Los arts. 72-76 (progresión de grado) son transversales.

Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario

RD-190/1996

Identificación

  • Norma: Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
  • Publicación: BOE núm. 40, de 15 de febrero de 1996.
  • Entrada en vigor: 25 de mayo de 1996.

Objeto y estructura

Desarrolla la Ley Orgánica General Penitenciaria y regula la organización práctica de los centros penitenciarios, el estatuto de las personas internas, el régimen de vida, el tratamiento, la clasificación, los permisos, las comunicaciones, la seguridad, el régimen disciplinario y las formas especiales de ejecución.

La estructura se articula en títulos sobre disposiciones generales, organización de establecimientos, régimen, tratamiento, permisos, comunicaciones, seguridad, prestaciones, régimen disciplinario, beneficios, recompensas y modalidades específicas. Para ejecución penitenciaria son claves los arts. 80 a 89 sobre régimen abierto, 100 a 109 sobre clasificación y grados, 154 a 165 sobre permisos y salidas, y 163 a 191 sobre CIS, unidades dependientes, departamentos mixtos, jóvenes, madres, recursos extrapenitenciarios y unidades psiquiátricas.

Reformas relevantes

Entre las modificaciones recientes destacan el RD 419/2011, de 25 de marzo, y el RD 268/2022, de 12 de abril.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162

Foco en permisos ordinarios (arts. 47-56), extraordinarios (arts. 57-60) y de fin de semana (arts. 61-71). Especial atención a requisitos, duración, procedimiento y causas de denegación. Los artículos secundarios incluyen aspectos complementarios como comunicaciones y salidas programadas.

Normas que cubre este tema

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