Supuesto 7 OEP 2025 - cache desnudo integral y suspensión visitas PREVENTIVO
Este supuesto nos sirve para practicar conceptos aprendidos sobre seguridad , cacheos y suspension de visitas, en este caso se trata de un PREVENTIVO.
Este tema desarrolla la seguridad penitenciaria dentro del régimen penitenciario. La LOGP establece que la actividad penitenciaria debe garantizar seguridad y orden, pero respetando derechos y orientándose a la reinserción. El Reglamento Penitenciario concreta controles, recuentos, registros, cacheos, requisas, intervención de objetos, observación, separación interior, medios coercitivos, aislamiento provisional, prevención de incidentes y comunicaciones de seguridad.
La seguridad se estudia como función preventiva y proporcional. Debe proteger a internos, personal y terceros, evitar fugas, autolesiones, agresiones, introducción de objetos prohibidos y alteraciones regimentales. También exige documentación de incidencias, control jerárquico y respeto a garantías. La clave es distinguir medidas ordinarias de control, medios coercitivos y sanciones disciplinarias: no tienen la misma finalidad ni los mismos requisitos.
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Este supuesto nos sirve para practicar conceptos aprendidos sobre seguridad , cacheos y suspension de visitas, en este caso se trata de un PREVENTIVO.
LO-1/1979
Regula la ejecución de penas y medidas privativas de libertad y establece el marco básico de la Administración penitenciaria. Parte del mandato constitucional de reeducación y reinserción social y reconoce que la persona interna conserva los derechos fundamentales compatibles con la condena, el sentido de la pena y la ley penitenciaria.
La ley se estructura en un Título Preliminar y varios títulos sobre establecimientos penitenciarios, régimen, tratamiento, asistencia pospenitenciaria, juez de vigilancia, funcionarios e instituciones colaboradoras. Para la oposición son muy relevantes los arts. 1 a 3 sobre fines y derechos, los arts. 10 a 16 sobre régimen cerrado, establecimientos y separación, los arts. 59 a 72 sobre tratamiento y clasificación, y los arts. 73 a 75 sobre asistencia pospenitenciaria.
La LO 7/2003, de 30 de junio, introdujo exigencias específicas para clasificación o progresión al tercer grado, especialmente en relación con responsabilidad civil, terrorismo y organizaciones criminales.
Artículos relevantes para este tema
Claves: 1, 3, 6, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33
Secundarios: 2, 4, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50
Foco en seguridad interior (arts. 21-33): régimen disciplinario, medios coercitivos, aislamiento provisional. Especial atención a los arts. 22 (faltas), 23 (sanciones), 25 (procedimiento), 28 (medios coercitivos) y 33 (comunicaciones).
RD-190/1996
Desarrolla la Ley Orgánica General Penitenciaria y regula la organización práctica de los centros penitenciarios, el estatuto de las personas internas, el régimen de vida, el tratamiento, la clasificación, los permisos, las comunicaciones, la seguridad, el régimen disciplinario y las formas especiales de ejecución.
La estructura se articula en títulos sobre disposiciones generales, organización de establecimientos, régimen, tratamiento, permisos, comunicaciones, seguridad, prestaciones, régimen disciplinario, beneficios, recompensas y modalidades específicas. Para ejecución penitenciaria son claves los arts. 80 a 89 sobre régimen abierto, 100 a 109 sobre clasificación y grados, 154 a 165 sobre permisos y salidas, y 163 a 191 sobre CIS, unidades dependientes, departamentos mixtos, jóvenes, madres, recursos extrapenitenciarios y unidades psiquiátricas.
Entre las modificaciones recientes destacan el RD 419/2011, de 25 de marzo, y el RD 268/2022, de 12 de abril.
Artículos relevantes para este tema
Claves: 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72
Secundarios: 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 73, 74, 75
Foco en los artículos 43 a 67 del Reglamento Penitenciario (RD 190/1996), que regulan la seguridad interior y exterior, régimen disciplinario, medios coercitivos, y comunicaciones. Especial atención a los arts. 45 (clasificación de establecimientos), 52 (medidas de seguridad), y 60 (régimen cerrado).
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria
LO-1/1979
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
RD-190/1996
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