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Tema 64: El acto administrativo

El acto administrativo: Concepto, elementos y clasificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Motivación y notificación. Los derechos de los ciudadanos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
TERCERA PARTE I: Derecho Administrativo

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Sobre este tema

Comienza el bloque de Derecho Administrativo por su pieza central. El acto administrativo: concepto, elementos subjetivos, objetivos y formales, y clasificaciones —expresos y presuntos, favorables y de gravamen, firmes y no firmes, resolutorios y de trámite—. Después, los requisitos de producción: competencia, motivación —con la lista de actos que deben motivarse— y forma, junto con la inderogabilidad singular de los reglamentos.

El segundo eje son la validez y la eficacia: nulidad de pleno derecho del artículo 47, con su lista tasada, anulabilidad del artículo 48, con la irregularidad no invalidante, y las técnicas de conservación —convalidación, conversión de actos viciados, conservación de actos y trámites e incomunicación de la nulidad—. Y la eficacia: ejecutividad, ejecutoriedad, retroactividad y, sobre todo, notificación y publicación, con el plazo de diez días para cursar la notificación, su contenido obligatorio, la notificación electrónica y sus excepciones. Cierra con los derechos de las personas ante la Administración de la Ley 39/2015. Es un tema de artículos: apréndelos por número.

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Normativa que entra

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

L-39/2015

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas, regula como deben actuar las administraciones en sus relaciones con la ciudadania. Ordena interesados, derechos, registros, terminos y plazos, actos administrativos, eficacia, notificacion, procedimiento, revision de oficio, recursos administrativos y tramitacion electronica.

La norma se estructura en titulos dedicados a disposiciones generales, actividad administrativa, actos, procedimiento comun, revision y potestad normativa. Sustituyo y sistematizo parte del regimen anterior, incorporando la administracion electronica como regla general para determinados sujetos. Ha sido reformada para ajustar plazos, medios electronicos y relaciones procedimentales. Se conecta con la Ley 40/2015, la normativa de transparencia, proteccion de datos, administracion digital, contratos publicos, subvenciones y jurisdiccion contencioso-administrativa.

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Claves: 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52

Secundarios: 3, 4, 5, 6, 7, 8, 13, 14

Título III de la Ley 39/2015: requisitos de los actos administrativos (motivación, forma), eficacia, notificación y publicación, nulidad y anulabilidad; y los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración.

Normas que cubre este tema

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    L-39/2015

    Texto oficial en BOE

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