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Tema 12: El tratamiento penitenciario

El Tratamiento Penitenciario: Concepto, fines y principios inspiradores. La separación interior. La clasificación en grados. El principio de individualización científica. La observación del interno: El papel de los funcionarios de servicio interior. Modelos de intervención y los programas de tratamiento.
PRIMERA PARTE I: Derecho Penitenciario

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Sobre este tema

Aquí se define qué es tratar y con qué principios. El tratamiento penitenciario es el conjunto de actividades dirigidas a la reeducación y reinserción, es voluntario y se apoya en el principio de individualización científica: primero se estudia a la persona y luego se diseña su programa. El tema exige dominar el vocabulario técnico de la Ley Orgánica General Penitenciaria —observación, diagnóstico, pronóstico, tratamiento propiamente dicho— y su traducción en el Programa Individualizado de Tratamiento.

La segunda mitad baja al terreno: la separación interior y la clasificación como instrumentos al servicio del tratamiento, la observación del interno y el papel de los funcionarios de servicio interior, que son quienes aportan la información cotidiana con la que trabaja el equipo técnico, y los modelos de intervención con sus programas. Conviene no confundir este tema con el 9 ni con el 13: aquí van los conceptos y los principios, allí los procedimientos y los programas concretos. Una pregunta clásica es distinguir qué es voluntario y qué obligatorio dentro de la vida del centro.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria

LO-1/1979

Identificación

  • Norma: Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
  • Publicación: BOE núm. 239, de 5 de octubre de 1979.
  • Entrada en vigor: 25 de octubre de 1979.

Objeto y estructura

Regula la ejecución de penas y medidas privativas de libertad y establece el marco básico de la Administración penitenciaria. Parte del mandato constitucional de reeducación y reinserción social y reconoce que la persona interna conserva los derechos fundamentales compatibles con la condena, el sentido de la pena y la ley penitenciaria.

La ley se estructura en un Título Preliminar y varios títulos sobre establecimientos penitenciarios, régimen, tratamiento, asistencia pospenitenciaria, juez de vigilancia, funcionarios e instituciones colaboradoras. Para la oposición son muy relevantes los arts. 1 a 3 sobre fines y derechos, los arts. 10 a 16 sobre régimen cerrado, establecimientos y separación, los arts. 59 a 72 sobre tratamiento y clasificación, y los arts. 73 a 75 sobre asistencia pospenitenciaria.

Reformas relevantes

La LO 7/2003, de 30 de junio, introdujo exigencias específicas para clasificación o progresión al tercer grado, especialmente en relación con responsabilidad civil, terrorismo y organizaciones criminales.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 59, 60, 61, 62, 66, 67, 68, 69, 71

Secundarios: 16, 63

Título III LOGP: concepto y fines del tratamiento, principios inspiradores (art. 62), participación del interno, observación y equipos cualificados, y relación régimen-tratamiento (art. 71).

Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario

RD-190/1996

Identificación

  • Norma: Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
  • Publicación: BOE núm. 40, de 15 de febrero de 1996.
  • Entrada en vigor: 25 de mayo de 1996.

Objeto y estructura

Desarrolla la Ley Orgánica General Penitenciaria y regula la organización práctica de los centros penitenciarios, el estatuto de las personas internas, el régimen de vida, el tratamiento, la clasificación, los permisos, las comunicaciones, la seguridad, el régimen disciplinario y las formas especiales de ejecución.

La estructura se articula en títulos sobre disposiciones generales, organización de establecimientos, régimen, tratamiento, permisos, comunicaciones, seguridad, prestaciones, régimen disciplinario, beneficios, recompensas y modalidades específicas. Para ejecución penitenciaria son claves los arts. 80 a 89 sobre régimen abierto, 100 a 109 sobre clasificación y grados, 154 a 165 sobre permisos y salidas, y 163 a 191 sobre CIS, unidades dependientes, departamentos mixtos, jóvenes, madres, recursos extrapenitenciarios y unidades psiquiátricas.

Reformas relevantes

Entre las modificaciones recientes destacan el RD 419/2011, de 25 de marzo, y el RD 268/2022, de 12 de abril.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 20, 110, 111, 112

Secundarios: 99, 100

Modelos de intervención y programas de tratamiento (art. 20), elementos del tratamiento, Juntas de Tratamiento y Equipos Técnicos, y participación del interno (arts. 110-112).

Normas que cubre este tema

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