Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
L-39/2015
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas, regula como deben actuar las administraciones en sus relaciones con la ciudadania. Ordena interesados, derechos, registros, terminos y plazos, actos administrativos, eficacia, notificacion, procedimiento, revision de oficio, recursos administrativos y tramitacion electronica.
La norma se estructura en titulos dedicados a disposiciones generales, actividad administrativa, actos, procedimiento comun, revision y potestad normativa. Sustituyo y sistematizo parte del regimen anterior, incorporando la administracion electronica como regla general para determinados sujetos. Ha sido reformada para ajustar plazos, medios electronicos y relaciones procedimentales. Se conecta con la Ley 40/2015, la normativa de transparencia, proteccion de datos, administracion digital, contratos publicos, subvenciones y jurisdiccion contencioso-administrativa.
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Claves: 13, 14, 16, 17, 26, 27, 28
Secundarios: 9, 10, 11, 12, 43, 53
Administración electrónica en la Ley 39/2015: derechos de las personas en sus relaciones con la Administración, derecho y obligación de relacionarse electrónicamente, registros, archivo único electrónico, documentos y copias y notificación electrónica.