Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía
LO-2/2007-EAA
La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía es la norma institucional básica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que sustituyó al Estatuto de 1981 (Estatuto de Carmona). Tiene rango de ley orgánica y, dentro del bloque de constitucionalidad, define el autogobierno andaluz y su encaje en el Estado.
En su Título Preliminar define Andalucía como nacionalidad histórica, regula su territorio y símbolos y fija los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma. Incorpora un amplio catálogo de derechos, deberes y políticas públicas, entre los que destaca, en el ámbito sanitario, el derecho a la salud (art. 22), que garantiza un sistema sanitario público de carácter universal y reconoce derechos del paciente como la libre elección de médico y centro, la información, la segunda opinión médica, el consentimiento informado, las voluntades anticipadas y los cuidados paliativos. Establece las competencias de la Comunidad Autónoma —exclusivas, compartidas y de ejecución—, incluidas las de salud, sanidad y farmacia (art. 55), y organiza las instituciones de autogobierno (Parlamento de Andalucía, Presidente de la Junta y Consejo de Gobierno), la Administración de Justicia en Andalucía, la organización territorial y la financiación autonómica. Es el marco del que dependen el Sistema Sanitario Público de Andalucía y el Servicio Andaluz de Salud.
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Claves: 10, 22, 55
Secundarios: 1, 4, 99, 116, 117
Esencial el derecho a la salud (art. 22), que garantiza un sistema sanitario público universal y derechos del paciente, y las competencias en salud, sanidad y farmacia (art. 55). Conocer los objetivos básicos (art. 10) y, en lo institucional, la organización de la Junta (Parlamento, Presidente y Consejo de Gobierno, Título IV) que enmarca al Servicio Andaluz de Salud.