Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias
L-44/2003
La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS) regula los aspectos básicos del ejercicio de las profesiones sanitarias tituladas y su encuadre en el Sistema Nacional de Salud.
Define y clasifica las profesiones sanitarias tituladas, distinguiendo las de nivel licenciado (Medicina, Farmacia, Odontología, Veterinaria) de las de nivel diplomado —entre ellas la Enfermería, a la que atribuye la dirección, evaluación y prestación de los cuidados de enfermería—, además de los profesionales del área sanitaria de formación profesional. Establece los principios generales del ejercicio profesional (autonomía técnica y científica, trabajo en equipo, relación con los pacientes), el ejercicio en el ámbito privado y en las organizaciones sanitarias y la gestión clínica. Regula la formación de especialistas mediante el sistema de residencia y la expedición de los títulos de especialista, y el desarrollo (carrera) profesional y su reconocimiento. Es legislación básica, complementada por la normativa de especialidades —incluidas las especialidades de Enfermería— y por la regulación de los respectivos títulos.
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Claves: 2, 4, 5, 7, 8, 20, 37
Secundarios: 6, 10, 15, 16, 21, 38
Clave la clasificación de las profesiones sanitarias (art. 2) y la delimitación de las funciones de Enfermería (art. 7.2.a). Conocer los principios del ejercicio (arts. 4-5), el ejercicio en organizaciones (art. 8), la formación de especialistas vía residencia (arts. 20-23) y el desarrollo/carrera profesional (arts. 37-39).