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Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Sobre esta norma

La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, es la norma de referencia sobre la relación clínico-asistencial y el respeto a la voluntad del paciente.

Proclama como principios básicos la dignidad de la persona, la autonomía de su voluntad y el respeto a la intimidad, y establece que toda actuación en el ámbito sanitario requiere, con carácter general, el consentimiento previo del paciente tras recibir información adecuada. Regula el derecho a la información asistencial (titular, contenido y forma), el derecho a la intimidad, el consentimiento informado y sus excepciones, el consentimiento por representación (incluido el régimen del paciente menor de edad y del incapaz), las instrucciones previas o voluntades anticipadas, y, de forma extensa, la historia clínica: definición, contenido mínimo, usos, conservación, custodia y derecho de acceso, así como el informe de alta y el resto de documentación clínica. Tiene carácter básico y es de aplicación directa en la práctica de los profesionales sanitarios.

Resumen orientativo. Verifica siempre el texto oficial en el BOE antes de citarlo.

Temas de Enfermería del Sistema Nacional de Salud (parte común) que incluyen esta norma