Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
L-14/1986
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad es la norma de cabecera del sistema sanitario español y el desarrollo del derecho a la protección de la salud del art. 43 de la Constitución. Tiene carácter de legislación básica del Estado y se aplica a todas las Administraciones públicas sanitarias.
Su aportación esencial es la creación del Sistema Nacional de Salud (SNS), entendido como el conjunto de los servicios de salud de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, sobre los principios de universalización de la asistencia, financiación pública, integralidad (promoción, prevención, curación y rehabilitación), igualdad efectiva y superación de los desequilibrios territoriales y sociales. Estructura el sistema en áreas de salud como demarcaciones básicas y reparte las competencias entre el Estado (sanidad exterior, bases y coordinación), las Comunidades Autónomas (gestión en su territorio) y las corporaciones locales. Aunque sigue vigente como marco general, parte de su contenido inicial —especialmente los derechos y deberes de los pacientes— ha sido sustituida o desarrollada por leyes posteriores como la Ley 41/2002 y la Ley 16/2003.
Artículos relevantes para este tema
Claves: 1, 3, 6, 18, 44, 46, 56
Secundarios: 4, 5, 38, 41, 42, 45
Centrarse en el objeto (art. 1), los principios generales (arts. 3-6), la definición y características del SNS (arts. 44-46) y las áreas de salud (art. 56). Conocer el reparto competencial Estado/CCAA/locales (arts. 38-42). Tener presente que los derechos y deberes de los arts. 10-11 fueron en gran parte sustituidos por la Ley 41/2002.