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Tema 28: División judicial de patrimonios

Division de patrimonios: herencia, inventario, contador, peritos y liquidacion matrimonial.
BLOQUE 3-B: Procedimientos judiciales — Procedimientos civiles

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Sobre este tema

Este tema estudia la division judicial de patrimonios, especialmente division de herencia y liquidacion del regimen economico matrimonial cuando falta acuerdo entre los interesados. Son procedimientos civiles especiales en los que el organo judicial ordena operaciones de inventario, avaluo, administracion, formacion de lotes, oposiciones y aprobacion de particiones o liquidaciones.

Para Gestion Procesal conviene distinguir legitimacion, solicitud, intervencion de contador-partidor y peritos, formacion de inventario, controversias, administracion del caudal, entrega de bienes y relacion con procesos declarativos. En liquidacion matrimonial debe conectarse con disolucion del regimen economico, inventario y adjudicaciones. La idea central es que el juzgado no sustituye sin mas la autonomia de las partes: interviene para ordenar y resolver una division patrimonial cuando el acuerdo no es posible.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

L-1/2000

La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, es la norma basica del proceso civil espanol. Regula la jurisdiccion y competencia civil, las partes, los actos procesales, los procedimientos declarativos, los recursos, la ejecucion forzosa, las medidas cautelares y numerosos procesos especiales. Sustituyo el modelo historico anterior por una estructura mas oral, concentrada y ordenada en torno al juicio ordinario y el juicio verbal.

La ley se organiza en libros dedicados a disposiciones generales, procesos declarativos, ejecucion forzosa y medidas cautelares, y procesos especiales. Ha recibido reformas frecuentes para incorporar expediente judicial electronico, subasta electronica, ajustes en recursos, discapacidad, eficiencia procesal y materias de familia, consumo o vivienda. Se conecta con la LOPJ, la Ley de Jurisdiccion Voluntaria, la Ley Concursal, la normativa registral y las reglas de asistencia juridica gratuita.

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Claves: 782, 783, 784, 785, 786, 787, 788, 789, 790, 791, 792, 793, 794, 795, 796, 797, 798, 799, 800, 801, 802, 803, 804, 805, 806, 807, 808, 809, 810, 811

Foco en los arts. 782-806 (procedimiento para la división judicial de herencia) y arts. 807-831 (división de patrimonios comunes). Especial atención a la intervención del contador-partidor y la liquidación del caudal hereditario.

Normas que cubre este tema

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