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Tema 57: Recurso contencioso-administrativo: organización

Orden contencioso-administrativo: organos, competencias, finalidad y control de la Administracion.
BLOQUE 3-E: Procedimientos judiciales — Procedimiento contencioso-administrativo y laboral

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Sobre este tema

Este tema introduce el recurso contencioso-administrativo desde la organizacion jurisdiccional. Deben conocerse los organos del orden contencioso-administrativo, su competencia objetiva, territorial y funcional, y la finalidad del proceso: controlar la actuacion administrativa sometida a derecho administrativo y proteger derechos e intereses legitimos frente a administraciones y sector publico.

La preparacion debe ubicar juzgados de lo contencioso-administrativo, juzgados centrales, salas de los tribunales superiores de justicia, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo. Para Gestion Procesal interesa conectar organo, acto impugnado, administracion autora, territorio y recurso procedente. La clave es que el proceso contencioso-administrativo funciona como garantia frente al poder publico, pero con reglas propias de competencia, legitimacion, expediente administrativo y plazos.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

L-29/1998

La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccion Contencioso-administrativa, regula el control judicial de la actuacion administrativa sujeta a derecho administrativo. Establece organos, competencia, partes, actos impugnables, procedimiento ordinario, procedimiento abreviado, recursos, ejecucion de sentencias, medidas cautelares y procedimientos especiales, incluidos los de proteccion de derechos fundamentales.

Su estructura permite revisar actos expresos y presuntos, disposiciones generales, inactividad y via de hecho, siempre desde la perspectiva de la legalidad administrativa y la tutela de derechos e intereses legitimos. Ha sido reformada para adaptar recursos, casacion, medidas de eficiencia y relaciones con la administracion electronica. Se conecta con la Ley 39/2015, la Ley 40/2015, la LOPJ, la normativa tributaria, sancionadora y de contratos publicos, ademas de la jurisprudencia constitucional y europea.

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Claves: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17

Foco en la organización de los Juzgados y Salas de lo Contencioso-administrativo (arts. 6-30). Especial atención a competencias objetiva y territorial (arts. 8-14) y a la composición de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TS (art. 12).

Normas que cubre este tema

  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

    L-29/1998

    Texto oficial en BOE

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