Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
LO-1/2004
La Ley Organica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero, establece una respuesta integral frente a la violencia ejercida contra las mujeres por quienes sean o hayan sido sus parejas. Combina medidas de sensibilizacion, prevencion, educacion, publicidad, derechos laborales y sociales, asistencia juridica, proteccion institucional y tutela judicial y penal.
La norma crea y ordena instrumentos especializados, incluidos juzgados de violencia sobre la mujer, medidas de proteccion, derechos de las victimas y coordinacion administrativa. Ha sido reformada para reforzar proteccion de menores, asistencia, acreditacion de situaciones de violencia y coordinacion con otras normas de igualdad y derechos de victimas. Se relaciona con el Codigo Penal, la LECrim, la LOPJ, la Ley de Igualdad, la normativa de asistencia juridica gratuita y los sistemas autonomicos de atencion.
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Claves: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25
Secundarios: 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50
Foco en Título I (medidas de sensibilización, prevención y detección), Título II (derechos de las mujeres víctimas) y Título V (tutela judicial). Especial atención a los arts. 1-25 que definen el objeto, principios rectores y medidas de protección.