Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil.
Sobre esta norma
El Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil, da cumplimiento al mandato de la Ley Orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil y reúne en un texto la deontología profesional del Cuerpo. Entró en vigor el 25 de marzo de 2022.
Su parte dispositiva (arts. 1-6) fija el objeto, el ámbito personal de aplicación, la integración del Código en la enseñanza y en los procesos selectivos del Cuerpo y el fomento de la deontología profesional. El Código de Conducta que se aprueba como anexo se estructura en dos títulos con su propia numeración. El Título I recoge los valores fundamentales del guardia civil (honor, integridad, lealtad, valor, sentido de la justicia, imparcialidad, responsabilidad, dignidad y espíritu de sacrificio) y los principios institucionales (defensa de la Constitución, respeto a los derechos fundamentales, igualdad, neutralidad, jerarquía, disciplina y subordinación, formación permanente, cooperación, prestigio y espíritu de Cuerpo). El Título II desarrolla las normas de conducta: las de carácter general (disponibilidad permanente, prudencia, eficacia, reserva y uso del uniforme) y las normas de conducta durante el servicio, que regulan las relaciones con la ciudadanía y las autoridades, el empleo de la fuerza conforme a la congruencia, oportunidad y proporcionalidad, el trato a las víctimas y a las personas detenidas, la identificación del agente y el liderazgo. Es la norma central del tema de deontología profesional.
Resumen orientativo. Verifica siempre el texto oficial en el BOE antes de citarlo.