Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
RD-205/2024
El Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa. Fue publicado el 28 de febrero de 2024 y entró en vigor el 29 de febrero de 2024.
Su artículo 1 fija la organización general del Departamento, que comprende las Fuerzas Armadas (art. 2) y tres grandes bloques de órganos superiores y directivos. La Secretaría de Estado de Defensa (art. 3) agrupa las direcciones generales de Estrategia e Innovación de la Industria de Defensa, de Armamento y Material, de Asuntos Económicos y de Infraestructura, junto con el Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (arts. 4 a 7). La Subsecretaría de Defensa (art. 8) tiene adscritas la Secretaría General Técnica, las direcciones generales de Personal y de Reclutamiento y Enseñanza Militar, la Asesoría Jurídica General, la Intervención General de la Defensa y la Inspección General de Sanidad de la Defensa (arts. 9 a 14). La Secretaría General de Política de Defensa y su dirección general completan la estructura política (arts. 15-16), regulándose además los Consejos y Juntas Superiores (arts. 17-18). Su relevancia para el opositor de la Guardia Civil radica en que el Cuerpo, por su naturaleza militar, depende del Ministerio de Defensa para las misiones militares y para determinados aspectos del régimen del personal, sin perjuicio de su dependencia del Ministerio del Interior para los servicios policiales.
Artículos relevantes para este tema
Claves: 1, 2, 3, 8, 15
Secundarios: 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18
RD 205/2024 (estructura del Ministerio de Defensa): organización general (art. 1), Fuerzas Armadas (art. 2), Secretaría de Estado de Defensa y sus direcciones generales (arts. 3-7), Subsecretaría de Defensa y órganos dependientes —Personal, Reclutamiento y Enseñanza Militar— (arts. 8-14) y Secretaría General de Política de Defensa (arts. 15-16). Relevante por la dependencia de la Guardia Civil de Defensa en lo militar. Existe un art. 4 bis. Números verificados contra el BOE consolidado.