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Tema 21: Protección integral contra la violencia de género

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
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Sobre este tema

El tema desarrolla la protección integral contra la violencia de género a partir de la Ley Orgánica 1/2004, materia de máxima relevancia operativa para la Guardia Civil por su intervención en la prevención, la asistencia a las víctimas y la ejecución de medidas de protección. El opositor debe partir del objeto y concepto: la violencia de género es la ejercida sobre la mujer por quien sea o haya sido su cónyuge o haya estado ligado a ella por análoga relación de afectividad, como manifestación de la discriminación y la desigualdad.

La ley articula una respuesta multidisciplinar: medidas de sensibilización, prevención y educación, en el ámbito de la publicidad y los medios; derechos de las mujeres víctimas (información, asistencia social integral, asistencia jurídica gratuita, derechos laborales y económicos); y, sobre todo, la tutela institucional y judicial, con los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, el Fiscal contra la Violencia sobre la Mujer y las medidas de protección (orden de protección, alejamiento). Para el agente son esenciales la detección y valoración del riesgo, los protocolos de actuación, el atestado y la coordinación con el sistema VioGén. Conviene estudiar la ley en conexión con el Estatuto de la víctima y con las medidas cautelares de la LECrim.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

LO-1/2004

La Ley Organica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero, establece una respuesta integral frente a la violencia ejercida contra las mujeres por quienes sean o hayan sido sus parejas. Combina medidas de sensibilizacion, prevencion, educacion, publicidad, derechos laborales y sociales, asistencia juridica, proteccion institucional y tutela judicial y penal.

La norma crea y ordena instrumentos especializados, incluidos juzgados de violencia sobre la mujer, medidas de proteccion, derechos de las victimas y coordinacion administrativa. Ha sido reformada para reforzar proteccion de menores, asistencia, acreditacion de situaciones de violencia y coordinacion con otras normas de igualdad y derechos de victimas. Se relaciona con el Codigo Penal, la LECrim, la LOPJ, la Ley de Igualdad, la normativa de asistencia juridica gratuita y los sistemas autonomicos de atencion.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 2, 3, 15, 17, 18, 61, 62

Secundarios: 19, 20, 23, 32, 44

LO 1/2004 de violencia de género: objeto y concepto de violencia de género (arts. 1-2), principios rectores (art. 3), medidas de sensibilización y prevención (arts. 3 y ss.), derechos de las víctimas (arts. 17 y ss.) y, sobre todo para el agente, la tutela judicial: orden de protección y medidas (art. 62 y ss.) y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (arts. 43-44, que reforman la LOPJ). Conectar con la valoración del riesgo (VioGén) y el Estatuto de la víctima. Números de conocimiento consolidado de la LO 1/2004; conviene contrastar el detalle por sus reformas.

Normas que cubre este tema

  • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

    LO-1/2004

    Texto oficial en BOE

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