Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
LO-1/2004
La Ley Organica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero, establece una respuesta integral frente a la violencia ejercida contra las mujeres por quienes sean o hayan sido sus parejas. Combina medidas de sensibilizacion, prevencion, educacion, publicidad, derechos laborales y sociales, asistencia juridica, proteccion institucional y tutela judicial y penal.
La norma crea y ordena instrumentos especializados, incluidos juzgados de violencia sobre la mujer, medidas de proteccion, derechos de las victimas y coordinacion administrativa. Ha sido reformada para reforzar proteccion de menores, asistencia, acreditacion de situaciones de violencia y coordinacion con otras normas de igualdad y derechos de victimas. Se relaciona con el Codigo Penal, la LECrim, la LOPJ, la Ley de Igualdad, la normativa de asistencia juridica gratuita y los sistemas autonomicos de atencion.
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Claves: 1, 2, 3, 15, 17, 18, 61, 62
Secundarios: 19, 20, 23, 32, 44
LO 1/2004 de violencia de género: objeto y concepto de violencia de género (arts. 1-2), principios rectores (art. 3), medidas de sensibilización y prevención (arts. 3 y ss.), derechos de las víctimas (arts. 17 y ss.) y, sobre todo para el agente, la tutela judicial: orden de protección y medidas (art. 62 y ss.) y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (arts. 43-44, que reforman la LOPJ). Conectar con la valoración del riesgo (VioGén) y el Estatuto de la víctima. Números de conocimiento consolidado de la LO 1/2004; conviene contrastar el detalle por sus reformas.