Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
LO-3/2018
La Ley Organica 3/2018, de 5 de diciembre, de Proteccion de Datos Personales y garantia de los derechos digitales, adapta el ordenamiento espanol al Reglamento General de Proteccion de Datos de la Union Europea y regula derechos digitales. Establece principios de tratamiento, legitimacion, consentimiento, derechos de las personas, responsables y encargados, delegado de proteccion de datos y autoridad de control.
La norma se estructura en titulos sobre disposiciones generales, principios, derechos, tratamientos concretos, responsable y encargado, transferencias internacionales, autoridades, procedimientos sancionadores y derechos digitales. Ha sido aplicada junto al RGPD y completada por criterios de la Agencia Espanola de Proteccion de Datos y normativa sectorial. Se relaciona con transparencia, administracion electronica, justicia digital, relaciones laborales, telecomunicaciones y seguridad de la informacion.
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Claves: 4, 5, 6, 11, 13, 15
Secundarios: 7, 8, 9, 12, 17, 18, 79
En este tema la LOPDGDD se cita por su marco de protección de datos aplicable al entorno digital: principios (exactitud, confidencialidad), bases de tratamiento y consentimiento (arts. 6-7), datos de categorías especiales (art. 9), derechos de las personas —acceso, rectificación, supresión, etc. (arts. 13-18)— y los derechos digitales (Título X, art. 79 y ss.). Verificar la numeración en la LO 3/2018 consolidada.