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Tema 10: Extranjería: entrada, circulación y residencia

Entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La entrada y salida del territorio español. La autorización de estancia y de residencia.
BLOQUE I: Ciencias Jurídicas

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Sobre este tema

El tema regula el régimen jurídico de los extranjeros en materia de entrada, circulación y residencia, con base en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, su Reglamento (Real Decreto 1155/2024) y, para los nacionales de la Unión Europea y del EEE, el Real Decreto 240/2007. El opositor debe partir del ámbito de aplicación y de los derechos y libertades reconocidos a las personas extranjeras.

El núcleo del tema es el régimen de entrada y salida del territorio (requisitos, documentación, visados, puestos habilitados y supuestos de denegación), las situaciones de los extranjeros —estancia y residencia (temporal y de larga duración)—, las autorizaciones de trabajo y la reagrupación familiar. Conviene distinguir con claridad el régimen general de la LO 4/2000 (terceros países) del régimen comunitario del RD 240/2007 (ciudadanos de la UE/EEE y sus familiares), mucho más favorable por basarse en la libre circulación. La labor policial de control de fronteras y documentación hace de este tema una materia de aplicación directa para el agente.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

LO-4/2000

La Ley Organica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espana y su integracion social, regula el estatuto juridico de las personas extranjeras no nacionales de la Union Europea. Ordena derechos y libertades, entrada y salida, autorizaciones de estancia y residencia, trabajo, reagrupacion familiar, infracciones, sanciones, expulsion, internamiento y coordinacion administrativa.

La norma ha sido reformada en numerosas ocasiones para adaptar politica migratoria, jurisprudencia constitucional, derecho de la Union Europea, proteccion de menores, integracion social y regimen sancionador. Su aplicacion se desarrolla reglamentariamente y se relaciona con normativa de asilo, nacionalidad, procedimiento administrativo, jurisdiccion contencioso-administrativa, Codigo Penal, proteccion internacional y derechos fundamentales. El eje de la ley es equilibrar control migratorio, garantias juridicas e integracion social.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 25, 27, 29, 30, 31

Secundarios: 3, 4, 5, 6, 11, 17, 32, 33

Últimas modificaciones relevantes

  • LO 1/2025, de 2 de enero

De la LO 4/2000 en este tema interesan el ámbito de aplicación (art. 1), los derechos y libertades (arts. 3 y ss.), la entrada en territorio español y los requisitos y denegación (arts. 25-27), las situaciones de estancia y residencia (arts. 29-32) y la reagrupación familiar (arts. 16-19). Verificar la numeración vigente en la LO 4/2000 consolidada, muy modificada; el desarrollo está en el RD 1155/2024.

Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

RD-240/2007

El Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, regula la entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como de sus familiares. Transpone la Directiva 2004/38/CE y constituye el «régimen comunitario» de extranjería, distinto y más favorable que el régimen general de la Ley Orgánica 4/2000.

La norma reconoce el derecho a la libre circulación y el derecho de entrada y salida con la mera presentación del pasaporte o documento de identidad en vigor, sin necesidad de visado. Regula la estancia (hasta tres meses) y la residencia, tanto la residencia por periodo superior a tres meses (vinculada al ejercicio de una actividad o a la disposición de recursos y seguro de enfermedad) como la residencia permanente tras cinco años de residencia legal continuada. Desarrolla igualmente el régimen aplicable a los familiares de ciudadanos de la Unión, incluidos los nacionales de terceros países, y los supuestos y garantías de denegación, limitación o pérdida del derecho por razones de orden público, seguridad o salud públicas. Es de aplicación directa en el control policial de fronteras y de documentación.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 3, 4, 6, 7, 10

Secundarios: 2, 8, 9, 14, 15

Del RD 240/2007 (régimen comunitario) conviene retener el derecho de entrada y salida (art. 4), la estancia hasta tres meses (art. 6), la residencia superior a tres meses (art. 7) y la residencia permanente (art. 10), así como el régimen de los familiares y los límites por orden público, seguridad o salud. Distinguir siempre este régimen más favorable del régimen general de la LO 4/2000. Verificar la numeración en el RD 240/2007 consolidado.

Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

RD-1155/2024

El Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sustituyendo al anterior reglamento de 2011. Desarrolla en detalle el régimen general de extranjería aplicable a los nacionales de terceros países.

La norma regula la entrada y salida del territorio (documentación, visados, puestos habilitados, denegación de entrada y devolución), las distintas situaciones de los extranjeros —estancia y residencia, en sus modalidades temporal y de larga duración—, las autorizaciones de residencia y trabajo (por cuenta ajena y propia), la reagrupación familiar y los supuestos de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo). Desarrolla asimismo el régimen sancionador —la tramitación de los expedientes por infracciones en materia de extranjería, la expulsión, el retorno y el internamiento en Centros de Internamiento de Extranjeros con sus garantías— y los procedimientos administrativos correspondientes. Al ser la norma que concreta y hace operativa la Ley Orgánica 4/2000, es de manejo cotidiano para las unidades policiales que intervienen en el control de la inmigración y en la instrucción de los expedientes.

Artículos relevantes para este tema

El RD 1155/2024 es el reglamento que desarrolla la LO 4/2000 (entrada, estancia, residencia, trabajo y reagrupación). Por su extensión y reciente entrada en vigor, el estudio se apoya en los conceptos y procedimientos más que en artículos concretos; se dejan las listas vacías y debe consultarse el RD 1155/2024 consolidado para fijar números.

Normas que cubre este tema

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

    LO-4/2000

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

    RD-240/2007

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

    RD-1155/2024

    Texto oficial en BOE

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