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Tema 24: Recursos en los distintos órdenes jurisdiccionales

Recursos por orden jurisdiccional: clases, plazos, admision, efectos y firmeza.
BLOQUE III: Procedimientos judiciales y normas comunes

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Sobre este tema

Este tema estudia los recursos en los distintos ordenes jurisdiccionales. Deben compararse recursos civiles, penales, contencioso-administrativos y laborales, atendiendo a resoluciones recurribles, legitimacion, plazos, organo ante el que se interponen, organo que resuelve, efectos, admision, oposicion, elevacion de actuaciones y firmeza.

Para Tramitacion Procesal el enfoque debe ser operativo: que hacer cuando entra un recurso, que traslado procede, como computar el plazo, cuando formar rollo o testimonio, cuando emplazar, que resolucion declara la admision o inadmision y como se documenta la firmeza. La clave es no mezclar ordenes jurisdiccionales. Reposicion, revision, apelacion, suplicacion, casacion, queja o reforma tienen nombres parecidos, pero presupuestos y tramitacion especificos segun el procedimiento.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

RD-LECrim-1882

El Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal contiene la norma procesal penal basica en Espana. Regula la investigacion, medidas cautelares, sumario, procedimiento abreviado, juicio oral, recursos, ejecucion penal, delitos leves, habeas corpus por remision sistematica, cooperacion judicial y especialidades de distintos procedimientos.

Aunque su origen es historico, la LECrim ha sido reformada de forma intensa para adaptar derechos fundamentales, asistencia letrada, victimas, enjuiciamiento rapido, responsabilidad de personas juridicas, decomiso, medidas tecnologicas de investigacion, garantias europeas y eficiencia procesal. Se relaciona con el Codigo Penal, la LOPJ, la Ley del Jurado, la Ley de responsabilidad penal del menor, la normativa de violencia de genero, cooperacion penal europea y derechos de victimas.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 846, 847

Secundarios: 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 848, 849, 850, 851, 852, 853, 854, 855, 856, 857, 858, 859, 860, 861, 862, 863, 864

Foco en recursos contra resoluciones de Jueces y Tribunales (Título X, Libro I, arts. 216-238) y recurso de casación (Título II, Libro V, arts. 847-934). Especial atención a los recursos de reforma, apelación y queja, así como a los motivos de casación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

L-1/2000

La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, es la norma basica del proceso civil espanol. Regula la jurisdiccion y competencia civil, las partes, los actos procesales, los procedimientos declarativos, los recursos, la ejecucion forzosa, las medidas cautelares y numerosos procesos especiales. Sustituyo el modelo historico anterior por una estructura mas oral, concentrada y ordenada en torno al juicio ordinario y el juicio verbal.

La ley se organiza en libros dedicados a disposiciones generales, procesos declarativos, ejecucion forzosa y medidas cautelares, y procesos especiales. Ha recibido reformas frecuentes para incorporar expediente judicial electronico, subasta electronica, ajustes en recursos, discapacidad, eficiencia procesal y materias de familia, consumo o vivienda. Se conecta con la LOPJ, la Ley de Jurisdiccion Voluntaria, la Ley Concursal, la normativa registral y las reglas de asistencia juridica gratuita.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 455, 456, 457, 458, 459, 460, 461, 462, 463, 464, 465, 466, 467, 468, 469, 470, 471, 472, 473, 474, 475, 476, 477, 478, 479, 480, 481, 482, 483, 484, 485, 486, 487, 488, 489, 490, 491, 492, 493, 494, 495

Foco en recursos ordinarios (apelación y queja) y extraordinarios (casación e infracción procesal). Especial atención a los arts. 448-472 (recursos) y 206-230 (actos procesales y resoluciones).

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

L-29/1998

La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccion Contencioso-administrativa, regula el control judicial de la actuacion administrativa sujeta a derecho administrativo. Establece organos, competencia, partes, actos impugnables, procedimiento ordinario, procedimiento abreviado, recursos, ejecucion de sentencias, medidas cautelares y procedimientos especiales, incluidos los de proteccion de derechos fundamentales.

Su estructura permite revisar actos expresos y presuntos, disposiciones generales, inactividad y via de hecho, siempre desde la perspectiva de la legalidad administrativa y la tutela de derechos e intereses legitimos. Ha sido reformada para adaptar recursos, casacion, medidas de eficiencia y relaciones con la administracion electronica. Se conecta con la Ley 39/2015, la Ley 40/2015, la LOPJ, la normativa tributaria, sancionadora y de contratos publicos, ademas de la jurisprudencia constitucional y europea.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 19, 25, 51, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76

Secundarios: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28

Foco en recursos ordinarios (apelación, casación, revisión) y especiales (protección derechos fundamentales, unificación de doctrina). Especial atención a los arts. 56-76 (apelación) y 86-93 (casación).

Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social

L-36/2011

La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdiccion social, ordena el proceso laboral y de Seguridad Social. Regula los organos del orden social, competencia, partes, representacion, conciliacion previa, proceso ordinario, modalidades procesales especiales, medios de impugnacion, ejecucion laboral y medidas cautelares. Sustituyo la anterior Ley de Procedimiento Laboral con un texto mas sistematico.

La norma combina principios de oralidad, inmediacion, concentracion y celeridad con garantias de defensa y tutela judicial efectiva. Incluye procesos de despido, sanciones, Seguridad Social, conflictos colectivos, tutela de derechos fundamentales y ejecucion de sentencias. Ha sido reformada por cambios laborales, procesales y de eficiencia. Se relaciona con el Estatuto de los Trabajadores, la Ley General de la Seguridad Social, la Ley de Prevencion de Riesgos Laborales y la LOPJ.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236

Foco en los recursos de suplicación (arts. 191-198) y casación (arts. 201-207), incluyendo motivos y procedimiento. También relevantes los recursos contra resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia (arts. 186-188) y el recurso de revisión (arts. 234-235).

Normas que cubre este tema

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