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Derechos y deberes de los funcionarios

La otra cara del EBEP. Derechos individuales (art. 14: inamovilidad, carrera, retribuciones, permisos, formación) y derechos individuales ejercidos colectivamente (art. 15: libertad sindical, negociación colectiva, huelga con servicios esenciales, reunión). Deberes: código de conducta con principios éticos y de conducta (arts. 52-54: servir con objetividad, lealtad, imparcialidad, confidencialidad). Retribuciones básicas (art. 23: sueldo y trienios) y complementarias; pagas extraordinarias (dos al año); vacaciones (22 días hábiles). Régimen disciplinario (faltas muy graves, graves y leves; separación del servicio solo por muy graves) e incompatibilidades (Ley 53/1984). Con test de 10 preguntas.

Lo que aprenderás

  • Derechos individuales (art. 14): inamovilidad, carrera, retribuciones, permisos. Colectivos (art. 15): libertad sindical, negociación colectiva, huelga, reunión
  • Deberes: código de conducta (arts. 52-54): servir con objetividad, lealtad, imparcialidad y confidencialidad
  • Retribuciones básicas (art. 23): SOLO sueldo y trienios. Pagas extraordinarias: dos al año
  • Vacaciones: 22 días hábiles. Régimen disciplinario: faltas muy graves, graves y leves
  • Separación del servicio: solo por faltas muy graves. Incompatibilidades: Ley 53/1984

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Transcripción

Bienvenido al pódcast de serfuncionario. Hoy, los derechos y deberes de los funcionarios: la otra cara del EBEP. Los derechos se dividen en dos grupos: individuales (art. 14: inamovilidad, carrera, retribuciones, permisos, formación) e individuales ejercidos de forma colectiva (art. 15: libertad sindical, negociación colectiva, huelga y reunión).

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