El Presupuesto
El instrumento que ordena el dinero público: concepto (expresión cifrada de gastos e ingresos, anual), los principios presupuestarios (anualidad, unidad, universalidad, especialidad, estabilidad), su regulación constitucional en los arts. 134 (el Gobierno elabora, las Cortes aprueban) y 135 (estabilidad presupuestaria y prioridad de la deuda), el ciclo presupuestario (elaboración, aprobación, ejecución, control) con las fases del gasto (ADOP) y el control (IGAE interno, Tribunal de Cuentas externo). Regla de oro: no hay gasto sin crédito adecuado y suficiente. Con test de 10 preguntas.
Lo que aprenderás
- El presupuesto: expresión cifrada de las obligaciones (gastos) y derechos (ingresos) del sector público, de carácter anual
- Principios: anualidad, unidad, universalidad, especialidad y estabilidad presupuestaria
- Constitución: art. 134 (el Gobierno elabora, las Cortes examinan/enmiendan/aprueban) y art. 135 (estabilidad presupuestaria + prioridad absoluta de la deuda pública)
- Ciclo: elaboración, aprobación, ejecución y control. Fases del gasto (ADOP): aprobación o autorización del gasto, compromiso/disposición, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago (más pago material, art. 73 LGP)
- Control interno: IGAE; control externo: Tribunal de Cuentas. Regla de oro: no hay gasto sin crédito presupuestario adecuado y suficiente
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Bienvenido al pódcast de serfuncionario. Cerramos el temario administrativo con el presupuesto: el instrumento que ordena el dinero público.
El presupuesto es la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede reconocer el sector público (los gastos) y de los derechos que prevé liquidar (los ingresos) durante el ejercicio, que es anual.
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