Organización territorial del Estado y Administración local
Cómo se reparte el territorio. Título VIII de la Constitución (arts. 137-158): el Estado se organiza en municipios, provincias y Comunidades Autónomas, todos con autonomía (que no es soberanía). Comunidades Autónomas: el Estatuto de Autonomía como norma institucional básica (ley orgánica); competencias en los arts. 148 (CCAA) y 149 (Estado), con prevalencia y supletoriedad del Derecho estatal. Administración local (Ley 7/1985): el municipio (Ayuntamiento: Alcalde y Concejales; Junta de Gobierno Local en >5.000 hab.) y la provincia (Diputación); comarcas, mancomunidades y áreas metropolitanas. Con test de 10 preguntas.
Lo que aprenderás
- Título VIII CE (arts. 137-158): municipios, provincias y Comunidades Autónomas, con autonomía (NO soberanía)
- CCAA: Estatuto de Autonomía = norma institucional básica (ley orgánica). Competencias: art. 148 (CCAA) y art. 149 (Estado)
- Administración local: Ley 7/1985 (LRBRL). Municipio (Ayuntamiento: Alcalde + Concejales) y provincia (Diputación)
- Junta de Gobierno Local: necesaria en municipios de más de 5.000 habitantes
- Tras la LRSAL (2013), las entidades de ámbito inferior al municipio ya NO son entidades locales (organización desconcentrada)
Test de consolidación — Premium
Afianza este episodio con un test de consolidación. Hazte Premium para practicar.
Ver planes Premium →Transcripción
Transcripción completa — Premium
Desbloquea la transcripción íntegra de este episodio con Premium.
Ver planes Premium →