Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
L-7/1985Texto consolidado en el BOE →
Sobre esta norma
Identificación
- Rango: Ley ordinaria (no orgánica).
- Fecha de aprobación: 2 de abril de 1985.
- Fecha de entrada en vigor: 1 de julio de 1985 (disposición final segunda).
Objeto y ámbito
Establece las bases del régimen jurídico de las Entidades Locales territoriales (municipios, provincias, islas) y no territoriales (comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades). Se aplica a todo el territorio nacional, con las especialidades previstas para los regímenes forales (País Vasco, Navarra) y los territorios insulares.
Estructura
- Título Preliminar (arts. 1-6): Disposiciones generales. Entidades que integran la Administración Local.
- Título I (arts. 7-10): Competencias de las Entidades Locales.
- Título II (arts. 11-18): El municipio. Territorio, población, organización.
- Título III (arts. 19-25): La provincia.
- Título IV (arts. 26-36): Otras Entidades Locales (comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades).
- Título V (arts. 37-44): Disposiciones comunes a las Entidades Locales (bienes, actividades, servicios, personal).
- Título VI (arts. 45-60): Haciendas Locales.
- Título VII (arts. 61-67): Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales.
- Título VIII (arts. 68-72): Control de legalidad y tutela financiera.
- Título IX (arts. 73-78): Régimen de los miembros de las Corporaciones Locales.
- Título X (arts. 79-85): Información y participación ciudadana.
- Disposiciones adicionales (10), transitorias (9), derogatoria (1), finales (2).
Modificaciones relevantes
- Ley 11/1999, de 21 de abril: Modifica el régimen de incompatibilidades de los miembros de las Corporaciones Locales (Título IX).
- Ley 57/2003, de 16 de diciembre: Introduce el régimen de organización de los municipios de gran población (arts. 121-135, añadidos como Título X bis).
- Ley 27/2013, de 27 de diciembre: Reforma sustancial de la Ley. Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Modifica competencias municipales (Título I), suprime determinadas entidades locales menores, y refuerza el control financiero.
- Ley 2/2024, de 1 de agosto: Modifica el art. 26.2 (servicios mínimos obligatorios en municipios) y actualiza referencias a normativa sectorial.
- Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre: Ajusta plazos y procedimientos de aprobación de presupuestos locales (arts. 168-169 TRLRHL, con incidencia en la Ley 7/1985 por remisión).
Características técnicas
- Rango: Ley ordinaria estatal, dictada al amparo del art. 149.1.18 CE (bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas).
- Carácter básico: Establece las bases del régimen local, aplicables a todas las Comunidades Autónomas, que pueden desarrollar legislación propia respetando estas bases.
- Supletoriedad: Es supletoria respecto de la legislación autonómica de desarrollo en materia de régimen local.
- Relación con otras normas: Se complementa con el Real Decreto Legislativo 781/1986 (TR de disposiciones vigentes en materia de Régimen Local) y con la legislación autonómica de desarrollo.
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