Saltar al contenido

Tema 10: Administración local

Entidades locales, municipio, provincia, isla, autonomía local, organización y competencias.
BLOQUE I: Organización del Estado y de la Administración pública

Regístrate para hacer este test

Crea tu cuenta gratis para hacer tests por tema y guardar tu progreso. Tarda menos de un minuto.

Sobre este tema

Este tema aborda la Administración local desde la Constitución y la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local. La Constitución garantiza la autonomía de municipios, provincias e islas en los arts. 137, 140, 141 y 142, y reserva al Estado las bases del régimen jurídico de las administraciones públicas. La Ley 7/1985 desarrolla entidades locales territoriales, potestades, competencias, organización municipal y provincial, funcionamiento, relaciones interadministrativas y régimen de servicios.

Deben dominarse municipio, provincia e isla, así como otras entidades locales, competencias propias, delegadas y distintas de las propias, órganos necesarios del municipio, alcalde, pleno, junta de gobierno local, diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares. Son claves los arts. 1 a 5, 11 a 27, 31 a 38 y 55 a 62 de la Ley 7/1985. El objetivo es entender la Administración local como nivel de gobierno próximo, dotado de autonomía pero integrado en el sistema territorial del Estado.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Constitución Española de 1978

CE-1978

Identificación

  • Norma: Constitución Española.
  • Publicación: BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978.
  • Entrada en vigor: 29 de diciembre de 1978.
  • Última actualización BOE: 20 de mayo de 2026.

Objeto y estructura

Es la norma suprema del ordenamiento jurídico español. Proclama España como Estado social y democrático de Derecho, fija los valores superiores del ordenamiento, reconoce derechos y deberes fundamentales, organiza los poderes del Estado y establece el reparto territorial de competencias.

Su estructura comprende Preámbulo, Título Preliminar, Título I sobre derechos y deberes fundamentales, Títulos II a VI sobre Corona, Cortes, Gobierno, relaciones Gobierno-Cortes y Poder Judicial, Título VII sobre economía y Hacienda, Título VIII sobre organización territorial, Título IX sobre Tribunal Constitucional y Título X sobre reforma constitucional.

Reformas relevantes

Ha sido reformada en 1992 (art. 13.2), en 2011 (art. 135), en 2024 (art. 49, personas con discapacidad) y en 2026 (art. 69.3, senador propio para Formentera). En materia penal y penitenciaria interesan especialmente los arts. 1, 9, 10, 15, 17, 24, 25, 53, 81, 117 y 149.1.6.ª.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158

Secundarios: 103, 106, 107, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165

Foco en Título VIII (arts. 137-158), especialmente arts. 140 (autonomía municipal), 141 (provincia) y 142 (haciendas locales). El art. 135 fue reformado en 2011 pero no afecta directamente a la organización territorial. Sin modificaciones relevantes en el articulado desde la entrada en vigor.

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local

L-7/1985

Identificación

  • Rango: Ley ordinaria (no orgánica).
  • Fecha de aprobación: 2 de abril de 1985.
  • Fecha de entrada en vigor: 1 de julio de 1985 (disposición final segunda).

Objeto y ámbito

Establece las bases del régimen jurídico de las Entidades Locales territoriales (municipios, provincias, islas) y no territoriales (comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades). Se aplica a todo el territorio nacional, con las especialidades previstas para los regímenes forales (País Vasco, Navarra) y los territorios insulares.

Estructura

  • Título Preliminar (arts. 1-6): Disposiciones generales. Entidades que integran la Administración Local.
  • Título I (arts. 7-10): Competencias de las Entidades Locales.
  • Título II (arts. 11-18): El municipio. Territorio, población, organización.
  • Título III (arts. 19-25): La provincia.
  • Título IV (arts. 26-36): Otras Entidades Locales (comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades).
  • Título V (arts. 37-44): Disposiciones comunes a las Entidades Locales (bienes, actividades, servicios, personal).
  • Título VI (arts. 45-60): Haciendas Locales.
  • Título VII (arts. 61-67): Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales.
  • Título VIII (arts. 68-72): Control de legalidad y tutela financiera.
  • Título IX (arts. 73-78): Régimen de los miembros de las Corporaciones Locales.
  • Título X (arts. 79-85): Información y participación ciudadana.
  • Disposiciones adicionales (10), transitorias (9), derogatoria (1), finales (2).

Modificaciones relevantes

  • Ley 11/1999, de 21 de abril: Modifica el régimen de incompatibilidades de los miembros de las Corporaciones Locales (Título IX).
  • Ley 57/2003, de 16 de diciembre: Introduce el régimen de organización de los municipios de gran población (arts. 121-135, añadidos como Título X bis).
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre: Reforma sustancial de la Ley. Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Modifica competencias municipales (Título I), suprime determinadas entidades locales menores, y refuerza el control financiero.
  • Ley 2/2024, de 1 de agosto: Modifica el art. 26.2 (servicios mínimos obligatorios en municipios) y actualiza referencias a normativa sectorial.
  • Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre: Ajusta plazos y procedimientos de aprobación de presupuestos locales (arts. 168-169 TRLRHL, con incidencia en la Ley 7/1985 por remisión).

Características técnicas

  • Rango: Ley ordinaria estatal, dictada al amparo del art. 149.1.18 CE (bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas).
  • Carácter básico: Establece las bases del régimen local, aplicables a todas las Comunidades Autónomas, que pueden desarrollar legislación propia respetando estas bases.
  • Supletoriedad: Es supletoria respecto de la legislación autonómica de desarrollo en materia de régimen local.
  • Relación con otras normas: Se complementa con el Real Decreto Legislativo 781/1986 (TR de disposiciones vigentes en materia de Régimen Local) y con la legislación autonómica de desarrollo.

Para preparar la oposición, complementa con tu academia.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25

Secundarios: 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50

Foco en Título I (municipio y provincia), Título II (organización municipal) y Título III (provincia). Especial atención a competencias (arts. 25-28) y organización (arts. 20-24). Sin modificaciones recientes de impacto en el articulado básico.

Normas que cubre este tema

← Volver al temario de Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado