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Tema 26: Adquisición y pérdida de la condición de funcionario

Adquisición y pérdida de la condición de funcionario y situaciones administrativas.
BLOQUE IV: Gestión de personal

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Sobre este tema

Este tema estudia la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, junto con las situaciones administrativas. Según el TREBEP, la condición de funcionario de carrera exige superar el proceso selectivo, nombramiento por órgano competente, acto de acatamiento de la Constitución y del ordenamiento, y toma de posesión dentro de plazo. La pérdida puede producirse por renuncia, pérdida de nacionalidad, jubilación total, sanción disciplinaria de separación del servicio o pena principal o accesoria de inhabilitación.

Las situaciones administrativas ordenan la relación del funcionario cuando no está en servicio activo ordinario. Deben distinguirse servicio activo, servicios especiales, servicio en otras administraciones públicas, excedencias, suspensión de funciones y situaciones previstas por normativa de desarrollo. La clave es conocer efectos sobre reserva de puesto, cómputo de tiempo, retribuciones, carrera, derechos pasivos o Seguridad Social, y condiciones de reingreso. El tema exige comparar supuestos, duración y consecuencias.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)

RDLeg-5/2015

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Basico del Empleado Publico. Regula los principios comunes del empleo publico, clases de personal, derechos y deberes, codigo de conducta, acceso, carrera profesional, provision de puestos, situaciones administrativas, regimen disciplinario, negociacion colectiva y ordenacion de recursos humanos.

El EBEP actua como marco basico para funcionarios, personal laboral y otros empleados publicos, sin agotar los estatutos especificos de cada sector. Ha sido reformado para incorporar cambios en temporalidad, permisos, igualdad, teletrabajo, estabilizacion, carrera y regimen disciplinario. Se relaciona con la Ley 30/1984 en lo que subsista, leyes de funcion publica autonomicas, Ley 53/1984 de incompatibilidades, normativa presupuestaria, prevencion de riesgos y estatutos propios como el personal al servicio de la Administracion de Justicia.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68

Secundarios: 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100

Foco en Título IV (arts. 55-68): acceso al empleo público (arts. 55-62) y pérdida de la relación de servicio (arts. 63-68). Las reformas existentes del EBEP no afectan directamente a este bloque temático.

Normas que cubre este tema

  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)

    RDLeg-5/2015

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

    RD-365/1995

    Texto oficial en BOE

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