Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)
RDLeg-5/2015
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Basico del Empleado Publico. Regula los principios comunes del empleo publico, clases de personal, derechos y deberes, codigo de conducta, acceso, carrera profesional, provision de puestos, situaciones administrativas, regimen disciplinario, negociacion colectiva y ordenacion de recursos humanos.
El EBEP actua como marco basico para funcionarios, personal laboral y otros empleados publicos, sin agotar los estatutos especificos de cada sector. Ha sido reformado para incorporar cambios en temporalidad, permisos, igualdad, teletrabajo, estabilizacion, carrera y regimen disciplinario. Se relaciona con la Ley 30/1984 en lo que subsista, leyes de funcion publica autonomicas, Ley 53/1984 de incompatibilidades, normativa presupuestaria, prevencion de riesgos y estatutos propios como el personal al servicio de la Administracion de Justicia.
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Claves: 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30
Secundarios: 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51
Foco en el Capítulo III del Título III (arts. 21-30), que regula los derechos retributivos básicos, complementarios y las indemnizaciones por razón del servicio. Los arts. 47-51 (jornada y permisos) son secundarios pero pueden aparecer vinculados a retribuciones en casos de permisos retribuidos. Sin modificaciones relevantes en el articulado desde la entrada en vigor del EBEP.