Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado
Sobre esta norma
El Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado. Regula la responsabilidad disciplinaria del personal funcionario: la tipificación de las faltas —muy graves (art. 6), graves (art. 7) y leves (art. 8)—, las sanciones aplicables y sus límites (arts. 14 a 17), la competencia sancionadora y, de forma detallada, el procedimiento disciplinario (iniciación, nombramiento de instructor, pliego de cargos, prueba, propuesta de resolución y resolución: arts. 27 a 48), así como la extinción de la responsabilidad, la prescripción y la cancelación. Tras la aprobación del EBEP —que regula directamente faltas y sanciones del empleado público—, este reglamento se aplica en lo que no se oponga a aquél, sobre todo en la tramitación del procedimiento disciplinario, mientras no se apruebe el desarrollo reglamentario del Estatuto.
Resumen orientativo. Verifica siempre el texto oficial en el BOE antes de citarlo.