Supuesto Nº7 TEMA 6 MEDIOS COERCITIVOS Y CACHEO
Enunciado
José Antonio, funcionario de v1 en el Centro Penitenciario de mujeres de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), comienza su primer día de trabajo tras las vacaciones de verano. En el recuento habitual de las 8 de la mañana, en el relevo de funcionarios, se percata de un olor extraño proveniente de una de las celdas, pasando el recuento de dicha celda observa como la interna, Yolanda García, está fumando algo extraño en una pipa de fabricación casera. El funcionario abre la celda y procede a sacar a la interna utilizando la fuerza física personal de manera proporcionada, llevándola al módulo de aislamiento. José Antonio informa inmediatamente al Jefe de Servicios, ratificando éste la medida adoptada por el funcionario y comunicándolo a la Dirección del centro, donde se decide aplicarle el aislamiento provisional del artículo 72 del Reglamento Penitenciario, hasta que se decida que sanción disciplinaria se le va a imponer. A la hora del desayuno, José Antonio observa cómo hay una interna nueva en el comedor, y le pregunta a su compañero quien es esa interna, indicándole que es Dolores García, Ex-terrorista de ETA, FIES 3, y clasificada en segundo grado, le comenta que se le está aplicando el artículo 75.1 del Reglamento Penitenciario por el mero hecho de ser FIES 3 y ex terrorista de ETA. Una vez acabado el desayuno las internas salen al patio, y José Antonio, se da cuenta como las internas Susana Montero y Gloria Hernández se meten juntas en el baño de la galería. Sospechando José Antonio que tramaban algo, las observa, dándose cuenta como Susana le da 3 pastillas a Gloria. El funcionario interviene de inmediato, hace que le entreguen las 3 pastillas sin ningún tipo de incidentes, procediendo a llevarse a las internas a aislamiento, donde permanecen 24 horas, comunicando dicha circunstancia por teléfono a la Subdirectora de Seguridad. La Subdirectora de Seguridad, que estaba de mando de incidencias, ante la sospecha que Susana es quien distribuye pastillas entre las internas, le aplica como medida de seguridad un aislamiento provisional hasta que la interna le confiese quienes son las internas que distribuyen pastillas en el Centro, comunicándole a José Antonio que las pastillas tienen que quedar bien guardadas en la Oficina de Seguridad hasta que la interna confiese quienes son las que trafican con dichas sustancias.
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Las preguntas de este supuesto, con corrección y explicación, están en el caso práctico cronometrado.
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