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Supuesto Nº2 TEMA 1 PENITENCARIO

Enunciado

Philips de nacionalidad belga, ha sido condenado por la Audiencia Nacional a una única pena privativa de libertad de 10 años, además de la respectiva sanción pecuniaria. Se encuentra cumpliendo la pena de prisión en el centro penitenciario de Asturias. El Jurista del centro le indica al interno, que el órgano competente va a realizar la oportuna transmisión de la resolución de la pena impuesta en sentencia firme por la Audiencia Nacional, para que continúe cumpliendo la condena pendiente en su país de nacimiento y del que es nacional, según la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea. Le queda por cumplir 6 años de prisión y el país al que va a ser trasladado es donde se encuentra toda su familia, además de poseer en el mismo su residencia habitual. La adopción por el Estado de ejecución (Bélgica) de la resolución firme sobre el reconocimiento y la ejecución de la resolución por la que se impone la pena privativa de libertad se lleva a cabo el día 1 de mayo de 2019, procediéndose al traslado del penado en el tiempo legalmente establecido en la Ley 23/2014. Al tiempo de estar cumpliendo la condena pendiente en el Estado de ejecución, Philips se fuga de nuevo a España, por lo que la autoridad competente del Estado de Ejecución informa a la autoridad competente del Estado de emisión sobre este hecho. Conteste a todas las preguntas siguientes según lo establecido en la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea:

¿Quieres resolverlo tú?

Las preguntas de este supuesto, con corrección y explicación, están en el caso práctico cronometrado.

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