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Tema 9: Acceso al empleo público y situaciones administrativas

Acceso al empleo público, adquisición, pérdida, provisión de puestos y situaciones administrativas.
PRIMERA PARTE: Organización del Estado, Derecho Administrativo y Gestión

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Sobre este tema

Este tema estudia el acceso al empleo público, la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, provisión de puestos y situaciones administrativas. El acceso se rige por igualdad, mérito, capacidad, publicidad, transparencia, imparcialidad y adecuación entre pruebas y funciones. Deben diferenciarse oposición, concurso-oposición y concurso, así como turno libre, promoción interna y reserva para personas con discapacidad.

La condición de funcionario se adquiere mediante superación del proceso selectivo, nombramiento, acatamiento del ordenamiento y toma de posesión. Puede perderse por renuncia, pérdida de nacionalidad, jubilación, sanción de separación o inhabilitación. La provisión ordena la ocupación de puestos mediante concurso, libre designación, comisión de servicios u otros sistemas. Las situaciones administrativas, como servicio activo, servicios especiales, excedencias o suspensión, determinan derechos, retribuciones, reserva y reingreso. La clave es seguir toda la vida administrativa del funcionario.

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Normativa que entra

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)

RDLeg-5/2015

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Basico del Empleado Publico. Regula los principios comunes del empleo publico, clases de personal, derechos y deberes, codigo de conducta, acceso, carrera profesional, provision de puestos, situaciones administrativas, regimen disciplinario, negociacion colectiva y ordenacion de recursos humanos.

El EBEP actua como marco basico para funcionarios, personal laboral y otros empleados publicos, sin agotar los estatutos especificos de cada sector. Ha sido reformado para incorporar cambios en temporalidad, permisos, igualdad, teletrabajo, estabilizacion, carrera y regimen disciplinario. Se relaciona con la Ley 30/1984 en lo que subsista, leyes de funcion publica autonomicas, Ley 53/1984 de incompatibilidades, normativa presupuestaria, prevencion de riesgos y estatutos propios como el personal al servicio de la Administracion de Justicia.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92

Secundarios: 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100

Foco en Título IV (adquisición y pérdida de la relación de servicio, arts. 55-68) y Título VI (situaciones administrativas, arts. 85-92). El acceso al empleo público (arts. 55-62) y las situaciones administrativas (arts. 85-92) son bloques nucleares en esta oposición. Sin modificaciones relevantes en el articulado desde la entrada en vigor del EBEP.

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado

RD-364/1995

El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles. Desarrolla el acceso al empleo público conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad: la oferta de empleo público (arts. 7 a 9) y los sistemas selectivos —oposición, concurso-oposición y, excepcionalmente, concurso— (arts. 4 y 5), con sus órganos de selección y el desarrollo de las pruebas. Regula también la provisión de puestos de trabajo por concurso (arts. 39 a 50, con los méritos valorables del art. 44) y por libre designación (arts. 51 a 58), las comisiones de servicios y demás formas de movilidad, y la promoción interna (arts. 73 a 80). Se aplica en lo que no se oponga al EBEP y rige supletoriamente para las Comunidades Autónomas.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 4, 7, 39, 51, 73

Secundarios: 5, 44, 52, 76

Acceso y provisión en la AGE: sistemas selectivos —oposición, concurso-oposición, concurso— (arts. 4-5), oferta de empleo público (arts. 7-9), provisión de puestos por concurso (arts. 39-50, méritos en el art. 44) y por libre designación (arts. 51-58), y promoción interna (arts. 73-80).

Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado

RDLeg-4/2000

El Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, base del mutualismo administrativo gestionado por MUFACE. Delimita su ámbito subjetivo —los funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado y asimilados (art. 3)— y la naturaleza y régimen de la mutualidad general (arts. 4 a 6). Su núcleo es la acción protectora: la asistencia sanitaria (arts. 13 y ss.), la incapacidad temporal y el riesgo durante el embarazo (arts. 18 y ss.), las prestaciones por incapacidad permanente y gran invalidez, los servicios sociales y asistencia, y las prestaciones familiares (art. 29). Este régimen especial se combina con el Régimen de Clases Pasivas y constituye un sistema de Seguridad Social distinto del Régimen General de los trabajadores por cuenta ajena.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 3, 4, 13, 18, 29

Secundarios: 5, 15, 16, 21

Mutualismo administrativo (MUFACE): ámbito subjetivo (art. 3) y la mutualidad general (arts. 4-6), con la acción protectora —asistencia sanitaria (arts. 13-16), incapacidad temporal (arts. 18-21) y prestaciones familiares (art. 29)—. Sistema especial de Seguridad Social del funcionario, distinto del Régimen General.

Normas que cubre este tema

  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)

    RDLeg-5/2015

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado

    RD-364/1995

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado

    RDLeg-4/2000

    Texto oficial en BOE

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