Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Sobre esta norma
El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, que desarrolla la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales en los aspectos relativos a la organización de la prevención en la empresa.
El reglamento regula la evaluación de los riesgos laborales como instrumento esencial de la gestión preventiva —su contenido, los métodos y su revisión— y la planificación de la actividad preventiva que de ella se deriva. Su parte más característica son las modalidades de organización de los recursos para el desarrollo de la actividad preventiva, que el empresario puede articular asumiéndola personalmente, designando a uno o varios trabajadores, constituyendo un servicio de prevención propio o recurriendo a un servicio de prevención ajeno debidamente acreditado. Establece asimismo las funciones y los niveles de cualificación en materia preventiva —básico, intermedio y superior—, este último con sus especialidades (seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología, y medicina del trabajo), así como las condiciones de acreditación de las entidades especializadas y la coordinación de actividades empresariales. Es una norma de referencia para comprender cómo se estructura la prevención en cualquier organización, incluida la Administración.
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