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Tema 51: Régimen económico-financiero de la TPFE

Régimen económico-financiero de la Entidad Estatal del Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo (TPFE). Los Presupuestos de Explotación y de Capital de la Entidad (TPFP). Organización de la Tesorería de la Entidad. La Contabilidad de la Entidad: Principios generales. Las cuentas anuales de la Entidad. Referencia a las Normas Internas de contratación.
SEGUNDA PARTE I: Gestión Penitenciaria

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Sobre este tema

El tema estudia la entidad estatal de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo desde su régimen económico. Conviene empezar por su estatuto, aprobado por Real Decreto 122/2015: naturaleza, fines, órganos —presidencia, que recae en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dirección-gerencia y consejo de administración— y su condición de medio propio instrumental de los poderes adjudicadores, con relaciones de carácter no contractual.

El cuerpo del tema es financiero: los presupuestos de explotación y de capital que prevé su estatuto, su elaboración anual y su tramitación conforme a la Ley General Presupuestaria, la organización de la tesorería, los principios contables aplicables, las cuentas anuales —balance, cuenta del resultado, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria— y el control por la Intervención General de la Administración del Estado y la fiscalización por el Tribunal de Cuentas. Cierra con las normas internas de contratación. Es un tema árido pero muy rentable: se pregunta por órganos y por competencias.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria

L-47/2003

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, regula el regimen presupuestario, economico-financiero, contable y de control del sector publico estatal. Establece principios presupuestarios, elaboracion y aprobacion de los Presupuestos Generales del Estado, gestion de gastos e ingresos, tesoreria, deuda publica, contabilidad publica y control interno y externo.

Su estructura ordena derechos y obligaciones de la Hacienda Publica estatal, presupuestos, modificaciones presupuestarias, gestion economica, control, responsabilidades e informacion contable. Ha sido reformada por normas de estabilidad presupuestaria, administracion electronica, fondos europeos y cambios organizativos del sector publico. Se relaciona con la LO 2/2012, la Ley General de Subvenciones, la Ley de Contratos del Sector Publico, la normativa tributaria, el Tribunal de Cuentas y las reglas de control financiero de la Intervencion General.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 64, 65, 66, 67, 68, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139

Secundarios: 26, 27, 28, 29, 30, 31

Régimen presupuestario de las entidades del sector público estatal (presupuestos de explotación y de capital) y contabilidad del sector público estatal: principios, competencias, información contable y rendición de cuentas anuales.

Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad

RD-782/2001

El Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realizan actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de quienes cumplen penas de trabajo en beneficio de la comunidad. Define el ámbito y los sujetos de esa relación laboral especial (arts. 1 y 2), cuya finalidad esencial es la preparación para la futura inserción laboral (art. 4), y fija los derechos y deberes laborales del interno trabajador (arts. 5 y 6), el régimen retributivo —ligado al rendimiento y abonado en la cuenta de peculio (arts. 15 y 16)— y la jornada y calendario (art. 17). Establece la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los internos trabajadores (art. 19) y la protección por contingencias profesionales de los penados a trabajos en beneficio de la comunidad (art. 22). La actividad productiva y la formación las organiza la entidad estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Artículos relevantes para este tema

Secundarios: 1, 2, 3, 4, 11, 12, 13, 14

Naturaleza del organismo y de la relación laboral especial, marco institucional de la Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

Normas que cubre este tema

  • Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria

    L-47/2003

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad

    RD-782/2001

    Texto oficial en BOE

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