Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad
Sobre esta norma
El Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realizan actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de quienes cumplen penas de trabajo en beneficio de la comunidad. Define el ámbito y los sujetos de esa relación laboral especial (arts. 1 y 2), cuya finalidad esencial es la preparación para la futura inserción laboral (art. 4), y fija los derechos y deberes laborales del interno trabajador (arts. 5 y 6), el régimen retributivo —ligado al rendimiento y abonado en la cuenta de peculio (arts. 15 y 16)— y la jornada y calendario (art. 17). Establece la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los internos trabajadores (art. 19) y la protección por contingencias profesionales de los penados a trabajos en beneficio de la comunidad (art. 22). La actividad productiva y la formación las organiza la entidad estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
Resumen orientativo. Verifica siempre el texto oficial en el BOE antes de citarlo.
Temas de Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias (promoción interna) que incluyen esta norma
Tema 48: La relación laboral especial penitenciaria
SEGUNDA PARTE I: Gestión Penitenciaria
Tema 49: Talleres productivos y gestión de la TPFE
SEGUNDA PARTE I: Gestión Penitenciaria
Tema 50: Itinerario formativo del interno y programa EPYCO
SEGUNDA PARTE I: Gestión Penitenciaria
Tema 51: Régimen económico-financiero de la TPFE
SEGUNDA PARTE I: Gestión Penitenciaria