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Tema 1: Regulación supranacional penitenciaria

La regulación supranacional en materia penitenciaria. Cooperación jurídica internacional. La orden europea de detención y entrega. Organismos de vigilancia y control. La ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea. Traslado de personas condenadas. Expulsión administrativa con autorización judicial. Extradición. Derecho de asilo y condición de refugiado.
PRIMERA PARTE I: Derecho Penitenciario

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Sobre este tema

La dimensión internacional de la ejecución penal se entiende mejor en tres bloques. El primero es el reconocimiento mutuo en la Unión Europea, regulado por la Ley 23/2014: la orden europea de detención y entrega y la transmisión de resoluciones que imponen penas o medidas privativas de libertad para su cumplimiento en otro Estado, con sus autoridades de emisión y ejecución, sus motivos de denegación y sus plazos. El segundo es la salida del extranjero del territorio: la expulsión y sus supuestos en la Ley Orgánica 4/2000, incluida la que necesita autorización judicial cuando hay causa penal abierta, y la extradición como institución distinta del reconocimiento mutuo. El tercero es la protección internacional de la Ley 12/2009, con la condición de refugiado, la protección subsidiaria y los efectos de la resolución.

Completa el tema con los organismos de vigilancia y control (Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, Tribunal Europeo de Derechos Humanos) y las Reglas Penitenciarias Europeas como estándar de referencia. Lo que se pregunta suele ser competencial y procedimental —quién decide, en qué plazo, con qué requisitos—, no la teoría del instrumento. Interesa distinguir con nitidez tres cosas que se confunden: entregar a una persona a otro Estado, trasladarla para que cumpla allí su condena y expulsarla del territorio.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea

L-23/2014

La Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Union Europea, integra en el derecho espanol los instrumentos europeos basados en la confianza reciproca entre autoridades judiciales. Regula la emision y ejecucion de ordenes y resoluciones penales europeas, como la orden europea de detencion y entrega, embargos, decomisos, sanciones pecuniarias, libertad vigilada, medidas de proteccion o traslado de personas condenadas.

La norma se organiza mediante disposiciones generales y titulos especificos para cada instrumento, con reglas sobre autoridades competentes, formularios, plazos, motivos de denegacion, recursos, gastos y comunicaciones. Ha sido reformada para incorporar nuevos instrumentos europeos y ajustar la cooperacion penal. Se relaciona con la LECrim, el Codigo Penal, la normativa de la Union Europea, Eurojust, la Red Judicial Europea y las garantias de derechos fundamentales en el espacio judicial europeo.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92

Secundarios: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33

Orden europea de detención y entrega (Título II) y traslado de personas condenadas / resolución que impone pena privativa de libertad (Título III). El régimen general de transmisión y reconocimiento (arts. 1-33) queda como contexto.

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

LO-4/2000

La Ley Organica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Espana y su integracion social, regula el estatuto juridico de las personas extranjeras no nacionales de la Union Europea. Ordena derechos y libertades, entrada y salida, autorizaciones de estancia y residencia, trabajo, reagrupacion familiar, infracciones, sanciones, expulsion, internamiento y coordinacion administrativa.

La norma ha sido reformada en numerosas ocasiones para adaptar politica migratoria, jurisprudencia constitucional, derecho de la Union Europea, proteccion de menores, integracion social y regimen sancionador. Su aplicacion se desarrolla reglamentariamente y se relaciona con normativa de asilo, nacionalidad, procedimiento administrativo, jurisdiccion contencioso-administrativa, Codigo Penal, proteccion internacional y derechos fundamentales. El eje de la ley es equilibrar control migratorio, garantias juridicas e integracion social.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64

Secundarios: 25, 26, 27, 28, 53, 54, 55, 56

Expulsión del extranjero y su autorización judicial (arts. 57-64), dentro del régimen sancionador de extranjería. Entrada y salida del territorio como contexto.

Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

L-12/2009

La Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, regula la protección internacional en España en desarrollo del artículo 13.4 de la Constitución y conforme a la normativa europea y a la Convención de Ginebra de 1951.

La ley distingue dos modalidades de protección. El derecho de asilo se reconoce a quien tiene la condición de refugiado, esto es, a la persona que, por un fundado temor de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera de su país y no puede o no quiere acogerse a la protección de este. La protección subsidiaria se dispensa a quien, sin reunir los requisitos para el asilo, se enfrentaría a un riesgo real de sufrir daños graves (condena a muerte, tortura o tratos inhumanos, o amenazas en situaciones de conflicto) si regresara a su país. Regula los actos y motivos de persecución, las causas de exclusión, denegación y revocación, los derechos y obligaciones de los solicitantes y beneficiarios, y el procedimiento (solicitud en territorio, en frontera y en CIE, tramitación de urgencia y reexamen). Consagra el principio de no devolución (non-refoulement) como garantía esencial.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 36, 37

Secundarios: 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48

Condición de refugiado, derecho de asilo y protección subsidiaria (Títulos preliminar y I) y efectos de la resolución. El procedimiento queda como contexto.

Normas que cubre este tema

  • Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea

    L-23/2014

    Texto oficial en BOE
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

    LO-4/2000

    Texto oficial en BOE
  • Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

    L-12/2009

    Texto oficial en BOE

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