Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
Sobre esta norma
La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana regula las potestades de los poderes públicos para garantizar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la pacífica utilización de las vías y espacios públicos, en desarrollo de las competencias estatales en materia de seguridad pública. Sustituyó a la anterior Ley Orgánica 1/1992.
La norma establece los fines y principios rectores de la actuación y, sobre todo, regula las actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana: la documentación e identificación de las personas, las diligencias de identificación en dependencias policiales, los registros corporales externos, las comprobaciones y registros en lugares públicos, las medidas en reuniones y manifestaciones, y las potestades especiales en materia de espectáculos públicos y de seguridad de edificios e instalaciones. Su parte más extensa es el régimen sancionador, que clasifica las infracciones en muy graves, graves y leves, fija las sanciones (multas por tramos y sanciones accesorias), establece los criterios de graduación y regula el procedimiento sancionador, incluido el pago anticipado con reducción. Es una norma de aplicación cotidiana en la actuación policial.
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