Saltar al contenido

Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil.

Sobre esta norma

El Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil, adapta la legislación general de prevención (Ley 31/1995) a las peculiaridades del Cuerpo, instituto armado de naturaleza militar. Se estructura en tres capítulos.

El Capítulo I delimita el objeto y el ámbito de aplicación (arts. 1-2), que alcanza al personal de la Guardia Civil en el desempeño de sus funciones policiales, de seguridad, fiscales y de protección civil, con las exclusiones propias de las actividades de naturaleza estrictamente militar o de operaciones de especial peligrosidad. El Capítulo II recoge las medidas de prevención y protección: los objetivos (art. 3), los principios de la acción preventiva (art. 3 bis), la integración de la prevención, el plan de prevención, la evaluación de riesgos y la planificación (art. 4), los planes de emergencia (art. 5), la vigilancia de la salud (art. 6), la información, consulta, participación y formación del personal (arts. 7-9), la protección de la maternidad (art. 10) y las obligaciones tanto de la Administración como del propio personal (arts. 11-12). El Capítulo III regula los órganos de prevención, asesoramiento y control, la inspección y el procedimiento para la adopción de medidas correctoras (arts. 13-16). La norma garantiza al guardia civil una protección eficaz de su seguridad y salud, ajustada a la singularidad del servicio.

Resumen orientativo. Verifica siempre el texto oficial en el BOE antes de citarlo.

Temas de Guardia Civil — Escala de Cabos y Guardias que incluyen esta norma