Saltar al contenido

Tema 1: Derechos humanos

Carta de las Naciones Unidas: órganos. Declaración Universal de Derechos Humanos. Convenio europeo para la protección de los derechos y de las libertades fundamentales; Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Carta Social Europea (actualizada). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Convención contra la tortura y su Protocolo facultativo. Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Ley Orgánica 18/2003 de Cooperación con la Corte Penal Internacional. Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo: Consejo Asesor del Mecanismo Nacional de Prevención de Tortura.
Temario único

Regístrate para hacer este test

Crea tu cuenta gratis para hacer tests por tema y guardar tu progreso. Tarda menos de un minuto.

Sobre este tema

El tema introduce los derechos humanos como sustrato ético y jurídico de toda la actuación de la Guardia Civil: el opositor debe entender que los cuerpos policiales son a la vez garantes y posibles infractores de los derechos, de ahí la centralidad de su protección. Conviene partir de la idea de dignidad de la persona y del catálogo internacional —la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, los Pactos de 1966 y, en el plano europeo, el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y el Tribunal de Estrasburgo— como marco del que arranca la protección interna del Título I de la Constitución.

La norma de cabecera del tema es la Ley Orgánica 18/2003, de Cooperación con la Corte Penal Internacional, que articula la colaboración del Estado español con la Corte Penal Internacional creada por el Estatuto de Roma (1998) para perseguir el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. Hay que dominar quién puede instar la actuación, el cauce de las solicitudes de cooperación y detención, el papel del Gobierno, del Ministerio de Justicia y de la Fiscalía, y las reglas de entrega de personas reclamadas por la Corte. El tema conecta así el plano de los grandes principios con un instrumento concreto de cooperación penal internacional.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley Orgánica 18/2003, de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional.

LO-18/2003

La Ley Orgánica 18/2003, de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional, regula las relaciones de cooperación entre el Estado español y la Corte Penal Internacional (CPI), el tribunal permanente creado por el Estatuto de Roma de 1998 para enjuiciar a los responsables de los crímenes internacionales más graves: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.

La ley parte del principio de complementariedad de la Corte respecto de las jurisdicciones nacionales y establece los cauces internos para hacer efectiva la cooperación con ella. Regula la representación y relación con la Corte, atribuyendo un papel central al Gobierno y, en particular, al Ministerio de Justicia como órgano de relación, así como al Ministerio de Asuntos Exteriores y al Ministerio Fiscal. Determina quién puede instar la actuación de la Corte y cómo se canalizan las denuncias de particulares y autoridades, que se remiten al Fiscal de la Corte. Desarrolla los procedimientos de cooperación pasiva: la tramitación de las solicitudes de detención y entrega de personas reclamadas por la CPI, las medidas cautelares, la entrega de pruebas y la ejecución en España de penas y resoluciones de la Corte. Aborda también los supuestos de concurrencia de solicitudes de entrega y de extradición y las garantías aplicables. Es la norma que articula el compromiso de España con la justicia penal internacional y con la persecución de los crímenes que atentan contra la comunidad internacional en su conjunto.

Artículos relevantes para este tema

La LO 18/2003 regula la cooperación de España con la Corte Penal Internacional creada por el Estatuto de Roma (crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra y agresión). En este tema introductorio de derechos humanos basta con que el opositor conozca el objeto de la ley (cauce de las solicitudes de cooperación y de detención y entrega, papel del Gobierno, del Ministerio de Justicia y de la Fiscalía) y el marco internacional de protección (DUDH 1948, CEDH, Tribunal de Estrasburgo). No se fijan artículos clave por no ser materia de anclaje literal.

Normas que cubre este tema

  • Ley Orgánica 18/2003, de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional.

    LO-18/2003

    Texto oficial en BOE

← Volver al temario de Guardia Civil — Escala de Cabos y Guardias