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Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas.

Sobre esta norma

La Ley 8/2011, de 28 de abril, establece medidas para la protección de las infraestructuras críticas y crea el marco organizativo necesario para impulsar y coordinar las actuaciones de protección de aquellas infraestructuras que prestan servicios esenciales a la sociedad, frente a ataques terroristas y otras amenazas.

La norma define los conceptos clave —infraestructura estratégica, infraestructura crítica (aquella cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, de modo que su perturbación afectaría gravemente a los servicios esenciales), infraestructura crítica europea y operador crítico— y agrupa las infraestructuras en sectores estratégicos. Crea el Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas, integrado por los órganos competentes, entre los que destaca el Centro Nacional de Protección de las Infraestructuras Críticas (CNPIC), y el Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas como instrumento de información de carácter reservado. Establece los instrumentos de planificación en cascada (Plan Nacional, Planes Estratégicos Sectoriales, Planes de Seguridad del Operador, Planes de Protección Específicos y Planes de Apoyo Operativo) y las obligaciones de los operadores críticos. Se desarrolla mediante el Real Decreto 704/2011.

Resumen orientativo. Verifica siempre el texto oficial en el BOE antes de citarlo.

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