Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.
Sobre esta norma
La Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía establece el régimen disciplinario aplicable a los miembros de la Policía Nacional, en garantía del cumplimiento de sus deberes y de la disciplina indispensable para el servicio.
La norma tipifica las infracciones en tres categorías —faltas muy graves (art. 7), faltas graves (art. 8) y faltas leves (art. 9)— y enumera las sanciones que pueden imponerse (art. 10), que van desde la separación del servicio y la suspensión de funciones hasta el traslado forzoso, la pérdida de días de remuneración o el apercibimiento. Regula además los criterios de graduación de las sanciones, la competencia sancionadora, la prescripción de las faltas y de las sanciones y el procedimiento disciplinario, con sus garantías (presunción de inocencia, derecho de defensa, audiencia del interesado), así como las medidas provisionales y la extinción de la responsabilidad disciplinaria. Es una norma de estudio obligado y de alta probabilidad en el examen, por lo que conviene dominar con precisión la clasificación de las faltas y el cuadro de sanciones, distinguiéndolo del régimen disciplinario general del empleo público.
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