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Tema 8: La Dirección General de la Policía

La Dirección General de la Policía. Estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Policía Nacional. La Policía Nacional: funciones, escalas y categorías; sistemas de acceso; régimen disciplinario y situaciones administrativas.
BLOQUE I: Ciencias Jurídicas

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Sobre este tema

El tema concentra el régimen propio de la Policía Nacional a partir de tres normas. La Ley Orgánica 9/2015, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, es la columna vertebral: define las escalas y categorías (Escalas Superior, Ejecutiva, de Subinspección y Básica), el ingreso por oposición libre, la formación, los derechos y deberes, las situaciones administrativas y la segunda actividad. El Real Decreto 853/2022 aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación, que concreta el desarrollo de las oposiciones, el curso de formación y el módulo de prácticas en el Centro Universitario de Formación.

El tercer pilar es la Ley Orgánica 4/2010, del Régimen disciplinario, que clasifica las faltas en muy graves, graves y leves, fija las sanciones y regula la prescripción y la competencia sancionadora. Se complementa con el Real Decreto 207/2024, en cuanto encuadra la Dirección General de la Policía en el Ministerio del Interior. El opositor debe dominar con precisión la estructura de escalas (LO 9/2015, art. 17) y el catálogo disciplinario (faltas muy graves en el art. 7, graves en el 8 y leves en el 9 de la LO 4/2010), por ser materia de alta probabilidad en el examen.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.

LO-9/2015

La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional regula el estatuto profesional de los miembros de la Policía Nacional, configurada como instituto armado de naturaleza civil dependiente del Ministerio del Interior. Es la norma de cabecera del régimen de personal del cuerpo.

Estructura la organización del personal en escalas y categorías (Escalas Superior, Ejecutiva, de Subinspección y Básica, con sus categorías y los grupos de clasificación A1, A2 y C1), y regula los derechos y deberes de sus miembros, el ingreso mediante oposición libre respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad, la formación en sus distintas modalidades, la carrera profesional y la promoción interna, las situaciones administrativas (servicio activo, servicios especiales, excedencias, suspensión) y la segunda actividad como situación específica por insuficiencia de aptitudes psicofísicas o por razón de edad. Aborda también el régimen retributivo, las recompensas y la representación profesional. Se complementa con la Ley Orgánica 4/2010 (régimen disciplinario) y con el Real Decreto 853/2022 (procesos selectivos y formación), y actúa sobre el marco general del empleo público (EBEP) con carácter supletorio.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 7, 8, 17, 25, 52

Secundarios: 9, 10, 26, 27, 29, 53

De la LO 9/2015 dominar las escalas y categorías de la Policía Nacional —Superior, Ejecutiva, Subinspección y Básica, con grupos A1/A2/C1 (art. 17)—, los derechos y deberes (arts. 7-10), el ingreso por oposición libre (art. 25 y ss.), la formación (art. 29 y ss.) y las situaciones administrativas y la segunda actividad (arts. 52 y ss.). Verificar la numeración en la LO 9/2015 consolidada.

Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

LO-4/2010

La Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía establece el régimen disciplinario aplicable a los miembros de la Policía Nacional, en garantía del cumplimiento de sus deberes y de la disciplina indispensable para el servicio.

La norma tipifica las infracciones en tres categorías —faltas muy graves (art. 7), faltas graves (art. 8) y faltas leves (art. 9)— y enumera las sanciones que pueden imponerse (art. 10), que van desde la separación del servicio y la suspensión de funciones hasta el traslado forzoso, la pérdida de días de remuneración o el apercibimiento. Regula además los criterios de graduación de las sanciones, la competencia sancionadora, la prescripción de las faltas y de las sanciones y el procedimiento disciplinario, con sus garantías (presunción de inocencia, derecho de defensa, audiencia del interesado), así como las medidas provisionales y la extinción de la responsabilidad disciplinaria. Es una norma de estudio obligado y de alta probabilidad en el examen, por lo que conviene dominar con precisión la clasificación de las faltas y el cuadro de sanciones, distinguiéndolo del régimen disciplinario general del empleo público.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 7, 8, 9, 10, 12, 13, 15, 16

Secundarios: 3, 4, 11, 14, 17, 18

Materia de alta probabilidad: faltas muy graves (art. 7), graves (art. 8) y leves (art. 9); sanciones (art. 10); criterios de graduación (art. 12); competencia sancionadora (art. 13); prescripción de las faltas (art. 15) y de las sanciones (art. 16). Dominar el cuadro completo de infracciones y sanciones de la LO 4/2010 y distinguirlo del régimen disciplinario general del EBEP.

Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.

RD-853/2022

El Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, que desarrolla la Ley Orgánica 9/2015 en lo relativo al acceso y a la formación de los miembros del cuerpo.

Regula los procesos selectivos de ingreso, acceso y promoción interna en las distintas escalas y categorías, conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y, en su caso, antigüedad: las convocatorias, los requisitos de participación, las pruebas (conocimientos, aptitud física, psicotécnicas, reconocimiento médico y entrevista) y los órganos de selección. Establece asimismo las modalidades de formación —formación inicial, formación para el desempeño, formación permanente y especialización— y el papel del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional. Es especialmente relevante para el opositor la regulación del curso de formación y del módulo de prácticas que siguen a la fase de oposición, de superación obligatoria para adquirir la condición de funcionario de carrera. El reglamento concreta, en definitiva, el itinerario completo que va desde la convocatoria hasta el nombramiento, por lo que su conocimiento orienta directamente la propia preparación de la oposición.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 3, 5, 11, 14

Secundarios: 27, 39, 44

Del Reglamento (RD 853/2022) interesan el objeto y los principios de los procesos selectivos (arts. 1 y 3), las modalidades de ingreso (art. 5) y de promoción interna (art. 14), y el curso de formación y el módulo de prácticas (art. 11), así como el Centro Universitario de Formación. Verificar los números en el RD 853/2022 consolidado.

Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior

RD-207/2024

El Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, desarrolla la estructura organica basica del Ministerio del Interior. Ordena los organos superiores y directivos del departamento, sus funciones y dependencias, incluyendo areas vinculadas a seguridad ciudadana, instituciones penitenciarias, proteccion civil, trafico, apoyo administrativo, coordinacion y gestion de recursos.

La norma tiene caracter organizativo y se inserta en el marco de la Ley del Gobierno y la Ley 40/2015 sobre organizacion administrativa. Su estructura distribuye competencias entre secretaria de Estado, subsecretaria, direcciones generales y otros organos, facilitando la identificacion de responsabilidades dentro del departamento. Se relaciona con normativa de seguridad publica, fuerzas y cuerpos de seguridad, trafico, proteccion civil, extranjeria e instituciones penitenciarias. Al ser una norma reciente, puede verse afectada por futuras reestructuraciones ministeriales.

Artículos relevantes para este tema

En este tema el RD 207/2024 se cita por su encaje de la Dirección General de la Policía dentro de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. Es norma organizativa; el estudio se centra en la dependencia jerárquica y las funciones, no en artículos concretos, por lo que se dejan las listas vacías.

Normas que cubre este tema

  • Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.

    LO-9/2015

    Texto oficial en BOE
  • Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

    LO-4/2010

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.

    RD-853/2022

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior

    RD-207/2024

    Texto oficial en BOE

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