cuando hablamos de la ley 23 2014, y las resoluciones de penas privativas de libertad, si la pena ya se ha empezado a cumplir, y se solicita la transmision al jvp y si hay causas pendientes no se va a poder aplicar el traslado, pero si la pena aun no se ha iniciado, aqui es competente para la transmision el tribunal que dicta en primera instancia, aqui es igual no? es decir si hay causas pendientes da igual que se haya empezado o no a cumplir, no se podria llevar a cabo un traslado no ?
laurairiarte