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Tema 15: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Guardia Civil

Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil: disposiciones generales; competencias en materia de personal; ordenación del personal. Estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil. Historia de la Guardia Civil: los inicios del siglo XIX, la fundación, la consolidación, sexenio revolucionario, la restauración monárquica; el reinado de Alfonso XIII, la segunda República, la Guerra Civil, el franquismo, la transición y la democracia. Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.
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Sobre este tema

Es el tema institucional propio del Cuerpo: las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, en particular, la Guardia Civil. La norma básica es la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de la que hay que dominar los principios básicos de actuación (adecuación a la ley, relaciones con la comunidad, tratamiento de detenidos, dedicación profesional, secreto profesional y responsabilidad), la enumeración de las Fuerzas y Cuerpos, el reparto de funciones entre la Guardia Civil y la Policía Nacional, y la naturaleza de la Guardia Civil como instituto armado de naturaleza militar dependiente de Interior y Defensa.

A ello se suman las normas específicas del Cuerpo. La Ley 29/2014, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, regula la condición de guardia civil, las escalas y empleos (oficiales, suboficiales y la escala de cabos y guardias), la enseñanza y el acceso, la carrera profesional, los ascensos y las situaciones administrativas. La Ley Orgánica 11/2007, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, fija los derechos fundamentales adaptados a la condición militar (con prohibición de sindicación y huelga), los deberes, las asociaciones profesionales y el Consejo de la Guardia Civil. El Real Decreto 207/2024 sitúa la Dirección General de la Guardia Civil en el Ministerio del Interior. Es el tema más identitario y muy preguntado sobre escalas, empleos y principios de actuación.

Esta descripción orienta sobre el contenido del tema. Para el estudio en profundidad, consulta el texto oficial y el material de tu academia.

Normativa que entra

Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

LO-2/1986

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es la norma marco que ordena el conjunto de la seguridad pública en España en desarrollo del artículo 104 de la Constitución. Establece el régimen común aplicable a todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y delimita las competencias de cada nivel territorial.

Su pieza central son los principios básicos de actuación (art. 5), auténtico código deontológico que vincula a todos los miembros de los cuerpos policiales: adecuación al ordenamiento jurídico, relaciones con la comunidad, tratamiento de detenidos, dedicación profesional, secreto profesional y responsabilidad, junto con los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en el uso de los medios. La ley distingue las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado —la Policía Nacional, instituto armado de naturaleza civil, y la Guardia Civil, instituto armado de naturaleza militar—, regula sus funciones y su distribución territorial, y reconoce los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y las Policías Locales. Crea además los órganos de coordinación (Consejo de Política de Seguridad, Juntas de Seguridad y Juntas Locales de Seguridad) y regula la Policía Judicial como auxiliar de la Administración de Justicia. Es legislación básica de aplicación directa y permanente para el agente.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 2, 5, 9, 11, 12, 13, 14

Secundarios: 3, 4, 6, 7, 8, 10, 15, 29, 30, 31

LO 2/1986 de FFCC de Seguridad: enumeración de los cuerpos y competencia en seguridad pública (arts. 1-4), los principios básicos de actuación (art. 5, núcleo del tema), las FFCC de Seguridad del Estado y el reparto de funciones (arts. 9-12) y la Guardia Civil como instituto armado de naturaleza militar y su dependencia (arts. 13-15). El antiguo capítulo de la Policía (arts. 16-28) está derogado. Números verificados contra el BOE consolidado; articulado en ordinales convertido a enteros.

Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

L-29/2014

La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, establece el régimen de personal del Cuerpo y la carrera profesional de sus miembros. Fue publicada el 29 de noviembre de 2014 y entró en vigor el 30 de noviembre de 2014.

El título preliminar fija el objeto y ámbito, la condición de guardia civil, el juramento o promesa ante la Bandera, la igualdad de género, el código de conducta y las reglas de comportamiento (arts. 1-7). El título I regula las competencias de los órganos del Ministerio del Interior y de Defensa en materia de personal (arts. 8-14). El título II ordena las escalas y empleos: las funciones, las escalas (de oficiales, de suboficiales y la escala de cabos y guardias, a la que accede el opositor), las categorías y empleos del Cuerpo, el personal eventual y honorífico, el escalafón y las especialidades (arts. 15-23). El título III regula la planificación de efectivos y la provisión de plazas; el título IV, la enseñanza (de formación, de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales), el acceso y los centros docentes (desde el art. 28); el título V, la carrera profesional: el historial profesional, las evaluaciones, los ascensos, los destinos y las situaciones administrativas (desde el art. 52). Los últimos títulos abordan los derechos económicos y el cese en la relación de servicios. El opositor debe dominar la estructura de escalas y empleos y el régimen de acceso y enseñanza.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 2, 3, 15, 16, 17, 18, 28, 52

Secundarios: 4, 5, 6, 7, 19, 20, 21, 22, 23

Ley 29/2014 (régimen del personal de la GC): condición de guardia civil y reglas de comportamiento (arts. 1-7), las escalas y empleos —incluida la escala de cabos y guardias— y las especialidades (arts. 15-23), la enseñanza y el acceso (a partir del art. 28) y la carrera profesional, ascensos y situaciones administrativas (a partir del art. 52). El opositor debe dominar especialmente la estructura de escalas y empleos y el sistema de acceso. Números clave verificados contra el BOE consolidado; los bloques de enseñanza y carrera se citan por su artículo de cabecera.

Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

LO-11/2007

La Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, regula los derechos que corresponden a los guardias civiles y los deberes que les son exigibles, conciliando la condición de funcionario con la naturaleza militar del Cuerpo. Fue publicada el 23 de octubre de 2007 y entró en vigor el 12 de noviembre de 2007.

El título I fija el objeto y ámbito (art. 1). El título II desarrolla los derechos fundamentales y libertades públicas adaptados a la condición de guardia civil: igualdad, libertad personal, intimidad, libertad de circulación, expresión e información, derecho de reunión, derecho de asociación —con la prohibición de sindicación y de ejercicio del derecho de huelga—, sufragio, petición y acceso al Defensor del Pueblo (arts. 2-14). El título III recoge los deberes (respeto a la Constitución, disciplina y jerarquía, neutralidad política y sindical, residencia, incompatibilidades y reconocimientos psicofísicos, arts. 15-23). El título IV regula los derechos-deberes (defensa, uso del uniforme y de las armas, formación). El título V aborda los derechos profesionales (carrera, jornada, vacaciones, asistencia jurídica, prevención de riesgos y retribuciones). El título VI regula las asociaciones profesionales de guardias civiles (a partir del art. 36) y el título VII, el Consejo de la Guardia Civil (a partir del art. 52) como órgano de participación. El opositor debe distinguir esta ley, centrada en derechos y deberes, del régimen disciplinario, que se regula en norma aparte.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 7, 8, 9, 11, 12, 36, 52

Secundarios: 2, 3, 4, 5, 6, 10, 13, 14

LO 11/2007 (derechos y deberes de los miembros de la GC): objeto (art. 1), derechos fundamentales adaptados a la condición militar —igualdad, intimidad, expresión, reunión y, sobre todo, el derecho de asociación con prohibición de sindicación y huelga (arts. 7-12)—, los deberes (arts. 15-23), las asociaciones profesionales (a partir del art. 36) y el Consejo de la Guardia Civil (a partir del art. 52). Distinguir esta ley del régimen disciplinario, regulado aparte. Números clave verificados contra el BOE consolidado.

Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior

RD-207/2024

El Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, desarrolla la estructura organica basica del Ministerio del Interior. Ordena los organos superiores y directivos del departamento, sus funciones y dependencias, incluyendo areas vinculadas a seguridad ciudadana, instituciones penitenciarias, proteccion civil, trafico, apoyo administrativo, coordinacion y gestion de recursos.

La norma tiene caracter organizativo y se inserta en el marco de la Ley del Gobierno y la Ley 40/2015 sobre organizacion administrativa. Su estructura distribuye competencias entre secretaria de Estado, subsecretaria, direcciones generales y otros organos, facilitando la identificacion de responsabilidades dentro del departamento. Se relaciona con normativa de seguridad publica, fuerzas y cuerpos de seguridad, trafico, proteccion civil, extranjeria e instituciones penitenciarias. Al ser una norma reciente, puede verse afectada por futuras reestructuraciones ministeriales.

Artículos relevantes para este tema

Claves: 1, 2

Secundarios: 3, 4, 5, 6, 7

RD 207/2024 en el tema de Guardia Civil: lo relevante es situar la Dirección General de la Guardia Civil dentro de la estructura del Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) y conocer sus funciones y dependencia orgánica. Se citan los primeros artículos de organización general como anclaje; el detalle conviene estudiarlo por órganos. Verificado contra el BOE consolidado.

Normas que cubre este tema

  • Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

    LO-2/1986

    Texto oficial en BOE
  • Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

    L-29/2014

    Texto oficial en BOE
  • Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

    LO-11/2007

    Texto oficial en BOE
  • Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior

    RD-207/2024

    Texto oficial en BOE

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